- Certificado urbanístico.
- Tasa de Revisión de Planos e inspecciones de Obra.
- Certificación de aportes preliminares.
- Plano único con relevamiento de árboles y obstáculos en vereda.
- Descargá el formato del plano con la carátula y las especificaciones técnicas para armar el legajo
Certificación de que el proyecto cumple con las disposiciones reglamentarias vigentes al momento de su solicitud. Dicha solicitud es opcional, no implica autorización para ejecución de obras, ni constituye un requisito para gestionar el correspondiente permiso de edificación.
Importante. La visación previa tendrá una vigencia de ciento ochenta (180) días corridos a partir de su otorgamiento, vencido este plazo caducará de pleno derecho.
Durante su vigencia se podrá tramitar el pertinente permiso de edificación, para el cual se mantendrá en todos sus términos, aunque la normativa aplicable al proyecto sea modificada.
Requisitos
¿Quién puede realizar el trámite?
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El profesional a cargo de la visación.
¿Quién debe autorizar digitalmente el trámite?
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El trámite no requiere autorización digital.
Información útil para tu proyecto
- Consultá las normas urbanísticas y reglamento de edificación
- Consultá sobre veredas reglamentarias
Documentos a presentar
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Copia certificada del plano anterior.
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Construcciones en Inmuebles Patrimoniales:
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Construcciones en PH, Condominios u otros derechos reales:
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Plano de Propiedad Horizontal.
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Construcciones en parcelas de superficie igual o mayor a 5000 m²:
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Informe previo de la Comisión Técnica Urbanística (CTU).
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Construcciones adheridas al Plan Integral de Suelo e Inversiones productivas.
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Tramo de Completamiento
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Copia certificada de los planos de los lotes linderos que se encuentran dentro del límite de tramo.
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Gran Parcela:
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Informe emitido por la CEPU.
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Articulación:
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Resolución de Viabilidad de Articulación autorizada por la Secretaría de Planeamiento.
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Copia certificada de los planos del lote con el que articula.
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Régimen Diferencial para el desarrollo de Proyectos Especiales:
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Decreto del Concejo Municipal.
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Plan de Detalle:
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Ordenanza del Concejo Municipal.
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Convenios Urbanísticos de Preservación:
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Decreto del Concejo Municipal.
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“Sistema de promoción para la reconversión del uso playa de estacionamiento y/o cocheras del Área Central”:
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Resolución de Factibilidad autorizado por la Secretaría de Planeamiento.
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Excepciones:
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Decreto del Concejo Municipal.
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- Certificado de Libre Uso Libre Afectación (L.U.L.A.)
- Construcciones en Estaciones de Servicio:
Costo
Podés pagar online con tarjeta de débito o crédito. Es un medio seguro y se acredita inmediatamente.
35 MT - Sellado Presentación por edificaciones, demoliciones parciales, registros o visación de anteproyecto.
Valor del Módulo Tributario (MT)
- $303 (actualizado al 1 de octubre 2024)
Consultas técnicas
Podés realizar Consultas Técnicas a las siguientes cuentas de correo electrónico:
- Distrito Centro: cmdc-oparticulares@rosario.gov.ar
- Distrito Noroeste: cmdno-catastroop@rosario.gov.ar
- Distrito Norte: cmdn-obpart@rosario.gov.ar
- Distrito Oeste: cmdo-catastroop@rosario.gov.ar
- Distrito Sudoeste: cmdso-opart@rosario.gov.ar
- Distrito Sur: cmds-catastroop@rosario.gov.ar
- Dirección General de Obras Particulares (consultas generales y de Proyectos Especiales): obrasparticulares@rosario.gov.ar
Preguntas frecuentes
Toda la documentación requerida debe estar vigente al momento del envio del trámite. Admitido el trámite los documentos conservarán su validez durante todo el desarrollo.
¿Qué vigencia tiene el certificado urbanístico?
180 días, el vencimiento del mismo figura en el certificado.
¿Qué pasa si mi certificado urbanístico está vencido?
El trámite se anulará, debe volver a tramitarse.
Cuando se trata de una ampliación y/o reforma de superficie.
Solicitar copias de plano de edificación. (agregar link)
Cuando el inmueble se encuentre catalogado como Patrimonio Histórico (lo informa el Certificado Urbanístico). Presentar proyecto para viabilidad patrimonial (AGREGAR LINK)
Cuando el terreno a intervenir supere los 5000m2.
Deberán ingresar un expediente de trámite en Mesa General de Entradas del Distrito correspondiente, donde deberá incluir
- Nota explicativa del caso en particular y su situación reglamentaria.
- Copia del certificado urbanístico del o de los lotes involucrados.
- Copia Certificada del plano anterior (si corresponde).
- Certificado de transgresiones (si corresponde).
- Plano del proyecto de obra nueva y/o registro con toda la información necesaria.
Se puede liquidar por Anteproyecto o Proyecto.
¿Cómo se liquida la tasa de Revisión de Planos para los casos de Visaciones Previas?
Se abona el 15% del total. La liquidación de la tasa se realiza por el total, indicando en alternativas de cálculo la opción "Visación Previa".
- Los planos deben ser firmados digitalmente por todos los profesionales que participen según sus incumbencias.
- Si el propietario no posee Firma Digital deberá completar y firmar ológrafamente el formulario "Autorización para suscribir en representación" que luego deberá ser firmado de forma digital por uno de los profesionales del trámite.
- Accedé a toda la información sobre Firma Digital.
Paso a paso - Visación previa
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Paso
1Accedé desde el botón, ingresá los datos solicitados y adjuntá la documentación requerida.
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Paso
2Desde la solapa Gestiones podrás seguir la evolución del trámite y corregir la documentación y planos en caso de que sean observados
En la misma gestión encontrarás la opción de Mensajes para tomar contacto con quienes están evaluando tu trámite.
El Revisor dará curso a la corrección iniciando un proceso de adecuación del proyecto a las reglamentaciones vigentes.
Si el trámite fuese observado, el plazo para subsanar las observaciones será de 60 (sesenta) días corridos. Vencido el mismo se procederá a desestimar el trámite debiendo iniciar uno nuevo.
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Paso
3Verificada la documentación te va a llegar a tu Perfil el documento digital de la aprobación de la Visacion Previa.