Podés liquidar la tasa, pagar y realizar un convenio de pagos

¿Qué acción querés realizar?

Una vez realizada la liquidación, debés pagar el importe dentro de los 30 días desde la fecha de emisión. Caso contrario, deberás confeccionar una nueva liquidación.

Si el trámite cuenta con una visación previa presentada con anterioridad en el mismo lote, se puede descontar el valor abonado.

Requisitos

  • Número de Cuenta y Código de Gestión Personal de la TGI de la parcela correspondiente

Condiciones del convenio de pago

  • Hasta 3 cuota sin interés por financiación. La 1ª cuota tendrá el carácter de formalización del convenio
  • Modo de formalización mediante CBU

Será condición de caducidad automática:

  • La acumulación de 3 cuota impagas, consecutivas o alternadas;
  • El atraso de 60 días corridos, contados a partir del vencimiento de la última cuota del convenio en cuestión.

Gestión presencial

Solicitá un turno web para la oficina de Finanzas. El día del turno, acercate al Centro Municipal de Distrito correspondiente con la documentación a presentar. Si sos Contribuyente estratégico, dirigite al Programa CER, Urquiza 902, 1°.

Agendar turno

Documentos a presentar

Para descuento por visación previa presentá el comprobante de pago del trámite previo. De esa manera, se realiza el descuento correspondiente y se genera la emisión correcta.

Formularios a presentar

​​​​​​​Valor del Índice del Costo de la Construcción (ICC)

A  partir del 1° de octubre de 2021, se establece el ICC en 8.157,05 aplicable para el cálculo de la "Tasa de Servicios Técnicos de Revisión de Planos e Inspección de Obras", conforme a las disposiciones del Decreto N°1455/2008 y los artículos 60 y 61 de la Ordenanza General Impositiva y su modificatoria Ordenanza N° 8269.

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