Permite al profesional de la agrimensura registrar durante la tramitación de planos de mensura y división según régimen de la Propiedad Horizontal diferencias constructivas respecto del plano de obra. Es aplicable para los casos en que se constate la existencia de variaciones y/o incremento de superficie cubierta entre los últimos planos de obra aprobados y los planos de mensura y división (o modificatorios) según régimen horizontal en trámite.

Requisitos

  • Ser profesional de la agrimensura y contar con perfil digital con identidad verificada.
  • Las diferencias a registrar deben ser, en todos los casos, de hasta 20 m2 (incluidas galerías).
  • La incorporación de superficie no debe generar una nueva unidad o posibilitar más unidades que las que podrían dividirse según el plano de obra aprobado (por ejemplo un baño que genere una unidad más de vivienda u oficina), ni cambiar el destino previsto en el plano de obra.
  • La superficie a registrar debe ser reglamentaria. Para diferencias antirreglamentarias deberá tramitarse un plano de Registro mediante la intervención de un profesional de la construcción.

Documentos a presentar

Costo

Podés pagar online con tarjeta de débito o crédito. Es un medio seguro y se acredita inmediatamente.

  • 35MT - Sellado Presentación por edificaciones, demoliciones, registros o visación de anteproyectos 
Valor del Módulo Tributario (MT)
  • $303 (actualizado al 1 de octubre 2024)
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