El nuevo Código de Convivencia tiene como propósito unificar y ordenar la reglamentación vigente; dispone de nuevos mecanismos de control haciendo uso de los avances tecnológicos, incorpora medidas que priorizan la prevención y la restauración del daño por sobre la sanción y, además, incorpora nuevos temas de interés que garantizan más y nuevos derechos.
Nuevos temas que aborda el código
Bienes, espacio y orden público
Protección y cuidado de personas
Tránsito y seguridad vial
Urbanística y obras
Protección de animales
Cuidado de ambiente e higiene urbana
¿Qué cuidamos?
El código incorpora nuevas faltas que se adaptan a los tiempos de hoy, permitiendo velar por derechos que el viejo código de faltas no contemplaba. Por ejemplo, temas de interés como medioambiente, género, inclusión, patrimonio urbano, protección de animales y seguridad vial.
¿Cómo lo vamos a hacer?
El nuevo código suma nuevas herramientas para ser más efectivos en el juzgamiento y la sanción.
Nuevas herramientas
- Sanciones económicas actualizadas: unidad fija (UF) como medida de actualización para todas las sanciones pecuniarias evitando que sea más barato pagar la multa que infringirla.
- Remediación: el infractor puede ser sancionado con la obligación de volver las cosas a su estado anterior. El municipio puede ejecutarlo y cargar el costo al infractor.
- Conformación de jurados vecinales: se encuentra abierto el registro para ser parte de los jurados que sancionen faltas graves, a partir del 2023.
- Responsabilidad de los padres o tutores por las faltas de menores: cuando el infractor tenga más de 15 años podrá disponerse acciones reparatorias como asistencia a cursos, trabajos comunitarios o arreglo de mobiliario y limpieza de espacios públicos.
¿Qué cambiamos para hacerlo?
El nuevo código incorpora el uso de nuevas tecnologías para facilitar el vínculo con la ciudadanía. Posibilidad de juzgamiento online, pagos voluntarios y nuevos métodos de denuncia.
- 1981. Sanción del último código de faltas.
- 2014. Proceso participativo junto a instituciones de la ciudad para la creación de un nuevo código.
- Marzo de 2021. Envío al Concejo Municipal.
- Noviembre de 2021. Se aprueba por unanimidad .
- Agosto de 2022. Puesta en vigencia del Nuevo Código de Convivencia Ciudadana.
Título del bloque
Accesos
Denuncias
Las personas pueden hacer denuncias a través de su Perfil Digital, adjuntando fotos que enriquezcan las pruebas y dar inicio al proceso contravencional.
Descargos
El nuevo código permite realizar descargos ante faltas de tránsito, comercio, obras.
Jurados vecinales
Participá como Jurado Vecinal en los juicios de faltas que se desarrollen de acuerdo con lo dispuesto en el nuevo Código de Convivencia Ciudadana. Tu postulación será enviada al Tribunal Municipal de Faltas para ser analizada. Si resulta aceptada se sumará a un Registro de Postulantes.
Normativa
Nuevas faltas
Acoso sexual callejero
Art. 143 Se entiende a las agresiones físicas, gestuales y/o verbales de contenido obsceno contra quien no las consiente.
Extorsión en la calle
Art. 300 La persona que mediante actos determinados obstruya o altere la fluidez o seguridad del tránsito, o que mediante actos extorsivos y/o de cualquier otra manera se arrogue preferencia de uso de la calzada o parte de la misma sin autorización de la autoridad será penado.
Vandalización del mobiliario urbano
Art. 132/136 Será sancionado a quienes rompan o pinten el mobiliario público o quien organice un evento y no deje el espacio público en las mismas condiciones previas a realizarlo
Maltrato animal
Art. 323 Se considera al animal como sujeto de derecho y quien los maltrate o actúe con crueldad, recibirá duras sanciones . Actos de maltrato físico, malas condiciones de sanidad e higiene, venta clandestina, entre otras que sean consideradas como incumplimiento en materia de protección de los animales.
Daño ambiental y arbolado público
Art. 177 El Código establece una escala de multas según el nivel de daño, de la especie y de la edad del arbolado afectado.
Art. 160 Contaminación ambiental de empresas.
Violación de las normas urbanísticas
Art. 264 Construir un edificio a una altura mayor que la permitida
Art. 267 Demolición de un inmueble de valor patrimonial
Faltas de tránsito
Se suma la posibilidad de captar faltas por medios electrónicos. 70 nuevas cámaras de videovigilancia con lectores de patente.
Se ratifica la ordenanza de alcoholemia 0.