Obtené la autorización para instalar una garita de seguridad en el espacio público. Para Agencias Privadas de Vigilancia o Seguridad.

Requisitos

Técnicos-Constructivos:

  • Las casillas o garitas deberán construirse de acuerdo al prototipo diseñado por la Secretaría de Planeamiento, según planos anexos número PV01 a PV04; o que en el futuro establezca dicha Secretaría.

  • No podrán fijarse en forma permanente al suelo y deberán poseer piso propio.

  • Los materiales de construcción deberán ser de tipo ignífugo o con tratamientos adecuados para tal fin.

  • Su color externo deberá ser gris y uniforme.

  • No podrán exhibir en su parte externa ningún tipo de publicidad, ni servir de sustento de construcción aledaña.

  • Deberá contar con inscripción en lugar visible del beneficiario del permiso de ocupación de la vía pública, teléfono, nombre y DNI del vigilador de turno, número del Registro Provincial y Municipal.

  • Sistema de comunicación con la comisaría de la jurisdicción, comando radioeléctrico (911), bomberos voluntarios y el servicio de emergencia SIES 107.

  • Botiquín de primeros auxilios.

  • Matafuegos ABC de tres kilos.

  • Linterna de seis elementos.

  • Alarma sonora.

  • Balizas.

Técnicos de Ubicación:

  • La ubicación deberá ser aprobada por la Secretaría de Planeamiento y la Dirección General de Ingeniería de Tránsito.

Queda prohibido el establecimiento en los siguientes espacios:

  • En ochavas o superficies formadas por la prolongación de líneas de ochava hasta su intersección con la línea de cordón vereda, como indica croquis anexo al Plano CP1.

  • A menos de 0,60 m del cordón del pavimento.

  • Próximas al cordón del pavimento en las zonas delimitadas para el ascenso y descenso de pasajeros del transporte público o a menos de 5 metros de paradas de los mismos.

  • A menos de 3 m de otro permisionario de escaparates autorizados.

  • Dificultando el acceso o visibilidad a elementos del servicio público tales como bocas de incendio, cámaras de luz o gas, buzones, semáforos, señales de tránsito, senda para peatones, rampas para acceso de sillas de ruedas.

  • En las veredas cuyo ancho sea menor a los 3 m, solo se permitirá ubicarlas sobre la franja destinada para la colocación de mobiliario urbano (según Plano CP1).

  • No podrán ser ubicadas en el Área Central, sector comprendido por Bv. Oroño, Av. Pellegrini y el Río Paraná; incluidas ambas veredas de Av. Pellegrini, Bv. Oroño, Av. Belgrano y todo el sistema de avenidas y calles de la Costa.

  • En sitios de valor patrimonial inventariados o a inventariarse por el Programa de Preservación y Rehabilitación de la Secretaría de Planeamiento.

  • Además, no podrán agregarse mesas, sillas, ni cualquier otro elemento ajeno a la garita.

Documentos a presentar

  • Formulario Solicitud de Permiso para garita o casilla en carácter de declaración jurada. 

  • Certificado de habilitación emitido por la Empresa Provincial de la Energía (se admite contrato de comodato emitido por la EPE). 

Formularios

Sin costo

Cómo realizarlo

Acercate a la Dirección General de Inspección de Industrias, Comercios y Servicios (BELGRANO GRAL. MANUEL 324 3ER PISO) con la documentación a presentar para realizar el trámite.

Consideraciones

Podrá solicitarse el permiso una vez obtenido el Certificado de Habilitación de la agencia o junto con su tramitación. En este último caso, no se entregará el permiso hasta tanto no se obtenga la habilitación.

Todas las firmas deben hacerse ante el agente municipal que recibe el trámite, o bien, estar certificadas por escribano o Poder Judicial.
Todas las fotocopias deben ser autenticadas por escribano, Poder Judicial, o exhibir los correspondientes originales al mismo agente municipal.
 

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