Gestioná la exención de pago en el servicio de la Tasa General de Inmuebles.

Requisitos

  • No superar el ingreso correspondiente a 2 haberes previsionales mínimos ($ 519.198). 
  • Que el inmueble donde habita esté empadronado como "Finca" y sea destinado exclusivamente a vivienda familiar.
  • Ser propietario de única propiedad, usufructuario, inquilino o comodatario del inmueble y no poseer propiedad raíz alguna.
  • Si el grupo familiar percibe otros ingresos, el total de ellos no deberá superar el tope mencionado. En caso de beneficios previsionales acordados "sin aportes", debe computarse el importe neto de cobro hasta tanto el beneficiario cancele su deuda previsional.

 

Sin costo

Cómo realizarlo

Resolvé con clave fiscal

Necesitás clave fiscal de nivel 3, adherí el Servicio Municipalidad de Rosario - trámites tributarios en el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal de AFIP

Gestión presencial

Solicitá un Turno web para la oficina de Finanzas correspondiente. El día del turno, acercate al Centro Municipal de Distrito con la documentación a presentar indicada.

Si sos Contribuyete estratégico, dirigite al Programa CER, Urquiza 902, 1°.

Documentos a presentar

  • Formulario de exención de pago de TGI a jubilados y pensionados, completo.

Original y copia de:

  • Carnet previsional.
  • Recibo de TGI correspondiente al último período.
  • Recibos de último período de haberes y complementos, si corresponde.
  • DNI del jubilado con domicilio actualizado. En caso de no tener domicilio actualizado, realizar el trámite Declaración de domicilio.
  • DNI de convivientes. En caso de haber alguna persona discapacitada o con problemas de salud presentar también certificado médico.
  • Libreta de familia y certificado de defunción o declaratoria de herederos, si es cónyuge del titular del inmueble fallecido.
  • Escritura si es propietario o usufructuario.
  • Contrato de locación con sellado vigente, si es inquilino.
  • Contrato de comodato con sellado vigente, si es comodatario.
  • Acta de divorcio, división de bienes, denuncia policial, testimonial, documento de identidad del ex cónyuge con cambio de domicilio registrado, entre otros, en caso que el solicitante se encuentre divorciado o separado de hecho de su cónyuge y ambos sean los titulares del inmueble.
  • En caso de presentarse un tercero, DNI y autorización especial y Certificado de supervivencia del jubilado/pensionado.

Formularios a presentar

Obtenido el beneficio

Comunicá todo cambio en la situación que implique la variación en los requisitos que posibilitaron el otorgamiento del beneficio.

Informá el cambio dentro de los 15 días posteriores de producido el mismo, presentando la documentación que acredite la modificación en original y copia (o copia certificada), en el Departamento de Exenciones Urquiza 902, Oficina 133, de 8 a 12 h.

Validez de la exención

La exención es válida mientras no se retiren los beneficios por comprobación de modificaciones en la situación económica del jubilado o pensionado o utilización del inmueble, que se hacen a través de verificaciones domiciliarias o según información de cajas previsionales.

Los beneficios acordados quedarán sujetos al ulterior control administrativo y las verificaciones que se consideren pertinente efectuar.

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