El monto de las cuotas es establecido por el juzgado de faltas entre el mínimo y máximo de la infracción y no pueden ser menores a 20 UF y hasta 10 cuotas.
- Para convenios de Particulares solicitá un turno web para la atención presencial.
- Para convenios de Grandes Empresas acercate a Manuel Gral. Belgrano 328 Piso 3.
Quién lo puede realizar
Titular del comercio y en caso de persona jurídica, un apoderado.
Documentos a presentar
Convenio de multas con sentencia de rebeldía
Se debe realizar antes de los vencimientos presentes en el recibo:
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Antes del 1° vencimiento: el convenio se realiza sobre el monto original de la deuda.
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Antes del 2º, 3º y 4º vencimiento: el convenio se realiza incluyendo los recargos correspondientes a cada uno de ellos