Permite a una mutual recuperar nichos de su panteón cuando los miembros pierden su calidad de asociados.
Art. 109bis Ord 6484/97 - Incorporado por el Art. 2º de la Ordenanza Nº 8809/11.
Requisitos
Las copias y las firmas deberán ser certificadas por el empleado municipal interviniente, escribano público o tribunales provinciales.
Documentos a presentar
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Nota de la mutual solicitando la readquisicion. Detallar Nº de nicho, titular, domicilio e inhumado. Si los nichos se encuentran desocupados, indicarlo en la misma.
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Copia certificada del acta donde la mutual resuelve la exclusión del asociado con los motivos por los cuales los mismos pierden la calidad de socios.
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Notificación/es al/los titular/es en el domicilio declarado ante la mutual con aviso de retorno.
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Edicto por un día en el diario de mayor circulación de la ciudad, con datos de nicho, titular/es e inhumado/s si los tuviese.
Costo
Cómo realizarlo
Solicitá un turno web para la oficina de Mesa de Entradas. El día del turno acercate al Centro Municipal de Distrito correspondiente con la documentación a presentar indicada.