A partir del Decreto 396/19 se dispone por medio de la Resolución 204/19, el requisito excluyente para ingresar a la planta municipal la ausencia de condena y/o denuncia por violencia de género. 

La política de género que este Municipio lleva adelante en materia de salud, atención integral, capacitación y trabajo en pos de garantizar los derechos de las mujeres, establece como requisito excluyente para ingresar a la planta municipal y/o celebrar contratos de locación de servicios, y/o de honorarios y/o retribución a terceros y/o acuerdos de pasantías (Ley Nº26.427), que el particular no se encuentre condenado y/o denunciado penalmente por violencia de género (Decreto Nº 396/19).

¿Quién debe realizarlo?

  • Ingresantes a planta municipal
  • Contratados de Locación de Servicios
  • Contratados de Honorario y Retribución de terceros
  • Pasantes

Alcances

Todos los órganos y entes que integran la organización administrativa municipal, entes autárquicos, empresas del Estado, sociedades del Estado y Entes Públicos Estatales.

¿Dónde realizarlo?

Ante el responsable de Recursos Humanos de la Secretaría a la cual prestará servicio

Documentación a presentar

  • Certificado de Buena Conducta, emitido por la Autoridad Policial o constancia de certificado en trámite. 
  • Certificado de Antecedentes Penales, emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. 
  • Declaración Jurada a través de la cual asegura bajo juramento no encontrarse condenado ni poseer denuncia penal por cualquier delito perpetrado en contexto de violencia de género.
Descargar, completar y firmar la siguiente Declaración Jurada [pdf]
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