Autorización para realizar trabajos de mantenimiento y/o reformas en construcciones existentes que no impliquen modificaciones estructurales, ni aumento o disminución de superficie.

El aviso de obra autoriza a ejecutar los siguientes trabajos:

En interiores: reparación, reemplazo y/o ejecución de contrapisos, carpetas, pisos, revoques, revestimientos, cielorrasos, pintura, carpintería, vidrios y/o herrería. Incluye trabajos en núcleos húmedos con cambio de instalaciones sin cambiar estrategia original;

En fachadas: limpieza, reparación, cambio de textura y/o pintura, reemplazo de aberturas sin modificar la disposición o tamaño de vanos de la fachada.

En cubiertas, terrazas y/o balcones: reparación y/o ejecución de contrapisos, carpetas, pisos; impermeabilizaciones; cambio determinaciones y/o intervenciones no estructurales.

En veredas: reparación y/o ejecución de veredas según normativa vigente.

Requisitos

¿Quién puede realizar el trámite?

  • Un propietario, quien representará legalmente al resto de los copropietarios en caso de corresponder. 
  • Apoderado del propietario, quien deberá acreditar derecho con autorización avalado por:
    • Documento o acto jurídico en el que se funde el derecho personal invocado, o documento que acredite la autorización otorgada por la persona propietaria en favor del solicitante del trámite, con firma debidamente certificada ante autoridad judicial o escribano público.
  • Representante legal de la persona jurídica, quien deberá acreditar derecho con autorización avalado por: 
    • Documento o acto jurídico que acredite la representación.
  • Inquilino, quien deberá acreditar: 
    • Contrato de locación.
  • Profesional
     

¿Quién debe autorizar digitalmente el trámite?

  • Si es tramitado por el propietario, apoderado o representante legal de la persona jurídica no requiere autorización.

  • Si es tramitado por el inquilino o profesional requiere autorización de un propietario. Este último representará legalmente al resto de los copropietarios en caso de corresponder.

Toda persona que autoriza deberá contar con Perfil Digital con identidad verificada.

 

Documentación obligatoria según corresponda

Se deberá acompañar, en caso de corresponder, la siguiente documentación:

Documentación solicitada por la Autoridad de Aplicación

  • En caso de existir una paralización o clausura por falta de Aviso de Obra, se deberán adjuntar las actas juzgadas.

Sin costo

Importante Para resolver online este trámite necesitás tener Perfil Digital.
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Consultas técnicas

Podés realizar Consultas Técnicas a las siguientes cuentas de correo electrónico:

Paso a paso - Aviso de obra

  1. Paso
    1

    Accedé desde el botón, ingresá los datos solicitados y si corresponde adjuntá la documentación requerida.

  2. Paso
    2

    Si se constata que no corresponde el alcance de las tareas solicitadas el aviso de obra será desestimado.

  3. Paso
    3

    Verificada la documentación te va a llegar a tu Perfil  el documento digital autorizando las tareas solicitadas.

     

  4. Paso
    4

    Tenés 180 días para iniciar tu obra, el inicio es automático y cumplida la vigencia el se considera finalizadas las tareas. 
    Durante la ejecución de las tareas deberá estar exhibido el Aviso de Obra en un lugar visible.

     

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