Podés consultar el estado de cuenta, reimprimir boletas, realizar un convenio de pagos, reliquidar cuotas del convenio, adherir el pago del convenio a débito automático. 

Requisitos

  • CUIT, clave fiscal nivel 3 y adherir el Servicio Municipalidad de Rosario - trámites tributarios en el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal de AFIP

  • Declarar clave bancaria uniforme (CBU) y una dirección de correo electrónico

Para formalización de convenio de pago, además:

  • En caso de contribuyentes de Régimen Simplificado, la cuenta de DReI debe estar adherida a dicho régimen

  • En caso de contribuyentes de Régimen General, la cuenta de DReI debe registrar la presentación de la Declaración Jurada

En caso de convenio caduco:

Consultá acerca de la posibilidad de obtenerlo por correo electrónico escribiendo a tributos@rosario.gob.ar.

Tené en cuenta que un convenio de pago caduca automáticamente cuando posee un atraso de 60 días corridos, contados a partir del vencimiento de la última cuota de dicho convenio o cuando se acumulan 3 cuotas impagas.

Convenios de pago

De acuerdo al Plan vigente de DReI Decreto Nº 1463/2022 son requisitos: Decreto nro 1059/2024

  • Formalización con CUIT y Clave fiscal mediante el servicio "Municipalidad de Rosario-Trámites Tributarios"
  • Obligatoriedad de informar una CBU, “excepto” contribuyentes del Régimen Simplificado que realicen planes de hasta 6 cuotas.
  • Obligatoriedad de declarar un correo electrónico válido y real

Cuotas en vía administrativa:

  • Hasta 3 cuotas sin interés por financiación, las cuotas no podrán ser inferiores a 2 veces el mínimo general absoluto para locales en que no haya personas en relación de dependencia del DReI vigente a la fecha de suscripción del convenio.
  • De 4 a 18 cuotas con el interés por financiación vigente; la cuota mínima no podrá ser inferior a la establecida en apartado anterior.
  • De 19 a 36 cuotas con, 1 vez y un tercio, el interés por financiación vigente; las cuotas no podrán ser inferiores a 1 vez el mínimo para locales con 6 y hasta 9 personas en relación de dependencia del DReI vigente a la fecha de suscripción del convenio.

ARTÍCULO 1°.- La regularización de deuda para los conceptos previstos en los Decretos N°1463/2022, 1464/2022 y 1467/2022, deberá realizarse de contado cuando la cuantía de la misma
resulte superior a los diez mil ochocientos setenta (10.870) Módulos Tributarios.

ARTÍCULO 3°.- En caso de optar por la regularización
 mediante convenio de pago, éste deberá ser
en cuatro (4) o más cuotas sujetas al interés financiero vigente, y de acuerdo a las condiciones
establecidas en los Decretos referidos en el artículo 1°.

 

Cuotas en vía judicial:

  • Hasta 3 cuotas con la tasa de interés por financiación vigente; las cuotas no pueden ser inferiores a 2 veces el mínimo general absoluto para locales en que no haya personas en relación de dependencia del DReI vigente a la fecha de suscripción del convenio.
  • De 4 a 18 cuotas con una vez y un tercio la tasa de interés por financiación vigente; las cuotas no podrán ser inferiores a 2 veces el mínimo general absoluto para locales en que no haya personas en relación de dependencia del DReI vigente a la fecha de suscripción del convenio.
  • De 19 a 36 cuotas, con una vez y dos tercios la tasa de interés por financiación vigente; las cuotas no podrán ser inferiores a 1 vez el mínimo para locales con 6 y hasta 9 personas en relación de dependencia del DReI vigente a la fecha de suscripción del convenio.

Costo

Podés pagar online con tarjeta de débito o crédito. Es un medio seguro y se acredita inmediatamente.

  • Podés generar Volante Electrónico de Pago (VEP) en caso de:

    • reimprimir recibos,

    • gestionar un convenio de pago,

    • reimprimir cuotas de convenio de pago vigente,

    • o imprimir la tasa de actuación administrativa (sellado).

Para utilizar VEP adherí el Servicio Municipalidad de Rosario - trámites tributarios en el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal de AFIP, e ingresá con CUIT y Clave Fiscal.

El valor de sellado correspondiente se encontrará incluido en el/los recibos resultante/s del trámite. Para convenios de pago, el sellado se encontrará incorporado en el importe a pagar de la cuota anticipo. 

Cómo realizarlo

Realizá este trámite con Clave Fiscal haciendo click en el botón.

Gestión presencial

Solicitá un turno web para la oficina de Finanzas. El día del turno acercate al Centro Municipal de Distrito con la documentación a presentar indicada. Si sos Contribuyente Estratégico acercate al Programa CER.

Agendar turno

 

Documentos a presentar

  • Para convenio de pago, DNI.

  • El formulario del convenio debe llevar firma de titulares certificada por Entidad Bancaria, Escribano Público, Tribunales Provinciales o por el agente municipal interviniente.

  • Para saldo por caducidad, DNI y comprobantes de pago de todas las cuotas del convenio.

  • Para solicitar un estado de cuenta impreso, formulario Solicitud de estado de cuenta, impreso y completo.

Adjuntar, según quien tramite:

  • En caso de terceros, autorización escrita con firma del titular.

  • En caso de apoderado, poder.

  • En caso de sociedades, Contrato Social.

Formularios a presentar

Pagos en Régimen General y Régimen Simplificado

Pagos de DReI - Régimen General

La presentación y pago de la DJ debe ser realizada mediante el trámite “DDJJ” que se accede con CUIT y CLAVE FISCAL al servicio “Municipalidad de Rosario-Trámites Tributarios”.

Presentada la DJ, el sistema permite:

  • Generar el Volante Electrónico de Pago (VEP), el cuál puede utilizar para ser cancelado en Red Link, Red Banelco o Interbanking o
  • Imprimir un volante de pago para su cancelación en efectivo

Es obligatorio abonar mediante VEP cuando el valor a cancelar supere el importe previsto en el art. del decreto.

Pagos de DReI - Régimen Simplificado

Presentate en la entidad bancaria con la credencial de Régimen Simplificado e informá el período a abonar.

Es posible calcular los intereses y reimprimir el recibo de pago a través del trámite correspondiente al tributo, o personalmente en el Centro Municipal de Distrito más cercano al domicilio.

Aún cuando el período fiscal a abonar se encuentre vencido, se debe concurrir a la entidad bancaria con la credencial de pago correspondiente a la última transacción generada en la plataforma web "Municipalidad de Rosario-Régimen Simplificado".

Consultar procuradores de DREI, Multas y Gravámenes Especiales

Actualizado: Abril 2024

Dir. Cobranza Judicial
Teléfono: 4802387/4802426/4802436
Correo: cobranzajudicial@rosario.gov.ar
Dirección: Urquiza 902, 1º piso of.132
Horario: Lunes a viernes de 8 a 12 hs

Dir. Cobranza Judicial (Accardo, Erica)
Teléfono: 4802423
Correo: eaccard0@rosario.gov.ar
Dirección: Urquiza 902, 1º piso of.132
Horario: Lunes a viernes de 8 a 12 hs

Dir. Cobranza Judicial (Arriaga, Leonardo)
Teléfono: 341 6954618
Correo: larriag0@rosario.gov.ar
Dirección: Urquiza 902, 1º piso of.130
Horario: Lunes a viernes de 8 a 12 hs

Dir. Cobranza Judicial (Fernández Echen, Patricio)
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Dir. Cobranza Judicial (Lamboglia, Viviana)
Teléfono: 341 6402378
Correo: vlambog0@rosario.gov.ar
Dirección: Urquiza 902, 1º piso of.130
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Dir. Cobranza Judicial (Yanino, Sebastián)
Teléfono: 4802108
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Dirección: Urquiza 902, 1º piso of.132
Horario: Lunes a viernes de 8 a 12 hs

Bressan, Edgardo Daniel
Teléfono: 341 6087870
Correo: estudioferranti@hotmail.com, bressanedgardodaniel@hotmail.com
Dirección: Corrientes 729 - Piso 2 of 211
Horario: Lunes a viernes de 14 a 18 hs

Palau, Mariana
Teléfono: 7923907
Correo: estudiopalau@yahoo.com.ar
Dirección: 3 de Febrero 2073
Horario: Lunes a viernes de 15 a 19 hs

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