De acuerdo al Plan vigente de DReI Decreto Nº 1463/2022 son requisitos: Decreto nro 1059/2024
- Formalización con CUIT y Clave fiscal mediante el servicio "Municipalidad de Rosario-Trámites Tributarios"
- Obligatoriedad de informar una CBU, “excepto” contribuyentes del Régimen Simplificado que realicen planes de hasta 6 cuotas.
- Obligatoriedad de declarar un correo electrónico válido y real
Cuotas en vía administrativa:
- Hasta 3 cuotas sin interés por financiación, las cuotas no podrán ser inferiores a 2 veces el mínimo general absoluto para locales en que no haya personas en relación de dependencia del DReI vigente a la fecha de suscripción del convenio.
- De 4 a 18 cuotas con el interés por financiación vigente; la cuota mínima no podrá ser inferior a la establecida en apartado anterior.
- De 19 a 36 cuotas con, 1 vez y un tercio, el interés por financiación vigente; las cuotas no podrán ser inferiores a 1 vez el mínimo para locales con 6 y hasta 9 personas en relación de dependencia del DReI vigente a la fecha de suscripción del convenio.
ARTÍCULO 1°.- La regularización de deuda para los conceptos previstos en los Decretos N°1463/2022, 1464/2022 y 1467/2022, deberá realizarse de contado cuando la cuantía de la misma
resulte superior a los diez mil ochocientos setenta (10.870) Módulos Tributarios.
ARTÍCULO 3°.- En caso de optar por la regularización
mediante convenio de pago, éste deberá ser
en cuatro (4) o más cuotas sujetas al interés financiero vigente, y de acuerdo a las condiciones
establecidas en los Decretos referidos en el artículo 1°.
Cuotas en vía judicial:
- Hasta 3 cuotas con la tasa de interés por financiación vigente; las cuotas no pueden ser inferiores a 2 veces el mínimo general absoluto para locales en que no haya personas en relación de dependencia del DReI vigente a la fecha de suscripción del convenio.
- De 4 a 18 cuotas con una vez y un tercio la tasa de interés por financiación vigente; las cuotas no podrán ser inferiores a 2 veces el mínimo general absoluto para locales en que no haya personas en relación de dependencia del DReI vigente a la fecha de suscripción del convenio.
- De 19 a 36 cuotas, con una vez y dos tercios la tasa de interés por financiación vigente; las cuotas no podrán ser inferiores a 1 vez el mínimo para locales con 6 y hasta 9 personas en relación de dependencia del DReI vigente a la fecha de suscripción del convenio.