Son herramientas de concertación público-privada que permiten la explotación de un espacio por un tiempo determinado y/o la ejecución de obras en el espacio público con financiamiento del sector privado.

De obra pública y explotación

Bajo este régimen, las obras son desarrolladas integralmente por el concesionario, incluyendo las correspondientes a sectores destinados al uso público (como parques, paseos, etc); el concesionario es, asimismo, responsable por el mantenimiento integral del predio concesionado.

Una vez transcurrido el período establecido en el régimen de concesión, el total usufructo de las instalaciones es transferido al Municipio, incorporándose dichas obras al patrimonio municipal para su uso público.

De explotación

Esta modalidad consiste en la asignación de un espacio, generalmente en dependencias municipales con concurrencia de público, para la prestación de servicios gastronómicos (bar y cafetería), y otros tales como kiosco, teléfono público, venta de tarjetas, fotocopias, etc.

El proceso de selección se realiza a través de licitación pública, y el concesionario toma a su cargo la adecuación de las instalaciones existentes y la provisión del equipamiento básico para el desarrollo de la actividad propuesta.

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