Permite a los asociados restituir la concesión de nicho/urna a la Mutual.
Art. 109 Ord. 6484/97
Requisitos
- Los nichos deben estar desocupados.
- Las copias y las firmas deberán ser certificadas por el empleado municipal interviniente, escribano público o tribunales provinciales.
Documentos a presentar
- Formulario Devolución de nichos o urnas de panteones mutuales, completo.
- Título, original.
- DNI del solicitante, copia.
Según el estado civil de los cedentes, se deberá presentar:
- Casados: copia certificada del acta o libreta de matrimonio y consentimiento conyugal.
- Solteros: declaración jurada de su estado civil.
- Divorciados: sentencia de divorcio con declaratoria de bienes.
- Viudos: declaratoria de herederos en caso de ser bien ganancial o consentimiento de los herederos.
Costo
Antes de la firma de la resolución, se deberá abonar en concepto de derecho de transferencia el 10% del valor fiscal del nicho en la Dir. General de Defunciones y Cementerios. (artículo 15 OGI)
Cómo realizarlo
Solicitá un turno web para la oficina de Mesa de Entradas. El día del turno acercate al Centro Municipal de Distrito correspondiente con la documentación a presentar indicada.
Importante
Para resolver online este trámite necesitás tener Perfil Digital.
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