Hijo/a

El agente debe realizar este trámite tanto si desea percibir o no la asignación familiar por hijo. Dicha asignación consiste en el pago de una suma fija mensual. La asignación por hijo se abona al agente por cada hijo menor de 15 años que se encuentre a su cargo.

El pago de la asignación se extenderá al trabajador cuyo hijo o hijos a cargo, mayores de 15 años y menores de 21 años, concurran regularmente a establecimientos donde se imparta enseñanza.

¿Quién puede realizarlo?

El agente con hijos menores a 15 años o hasta los 21 que concurren regularmente a un establecimiento escolar.

¿Dónde se realiza el trámite?

Ante el responsable de personal de su repartición.

Documentación

Información para los responsables de personal

Operatoria

Alta:

  • El agente presenta a su Responsable de Personal DDJJ de asignación familiar - Alta por triplicado, acompañado del certificado o partida de nacimiento o resolución judicial (según corresponda).
  • De llenarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes - Sección Salarios.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de Entrada (DGP) recepciona la documentación y clasifica según destino.
  • La DDJJ original junto con el certificado, partida de nacimiento o resolución judicial se envían a Liquidación de Haberes – Sección Salarios, que edita el grupo familiar en MAP V7, registra y archiva la documentación en el legajo personal.

Baja:

  • El agente presenta a su Responsable de Personal DDJJ de asignación familiar - Baja por triplicado.
  • De llenarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes – Sección Salarios.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de Entrada (DGP) recepciona la documentación, y clasifica según destino.
  • La DDJJ original se envía a Liquidación de Haberes – Sección Salarios, que registra la quita de asignación familiar del salario en MAP V7.

Matrimonio

El agente debe realizar este trámite obligatoriamente, tanto si desea percibir o no la asignación familiar por matrimonio. A través de este trámite el agente recibe el pago de una suma fija por única vez, si contrae matrimonio.

¿Quién puede realizarlo?

El agente que contrae matrimonio.

¿Dónde se realiza el trámite?

Ante el responsable de personal de su repartición

Documentación

Información para los responsables de personal

Operatoria

Alta:

  • El agente presenta a su Responsable de Personal DDJJ de asignación familiar - Alta por triplicado, acompañado del certificado de matrimonio.
  • De llenarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes - Sección Salarios.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de Entrada (DGP) recepciona la documentación y clasifica según destino.
  • La DDJJ original junto con el certificado de matrimonio se envían a Liquidación de Haberes - Sección Salarios, que edita grupo familiar en el legajo en MAP V7, registra y archiva la documentacion en el legajo personal.
  • En caso de que el agente desea percibir asignación se registra la novedad de salario en el sistema.

Baja:

  • El agente presenta a su Responsable de Personal DDJJ de asignación familiar - Baja por triplicado, acompañado de la Sentencia de divorcio.
  • De llenarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes - Sección Salarios.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de Entrada (DGP) recepciona la documentación y clasifica según destino.
  • La DDJJ original se envía a Liquidación de Haberes - Sección Salarios que registra en MAP V7 la quita de asignación familiar en salario, edita los datos de la familia en el legajo, registra y archiva la documentacion en el legajo personal.

Adopción, guarda, tenencia y tutela

El agente debe realizar este trámite tanto si desea percibir o no la asignación familiar por adopción, guarda, tenencia o tutela. Dicha asignación consiste en el pago de una suma fija por única vez en el caso de adopción y en el pago de una suma fija mensual para los casos de guarda, tenencia y tutela.

¿Quién puede realizarlo?

El agente que se le ha otorgado la guarda o tenencia en adopción de uno o más niños.

¿Dónde se realiza el trámite?

Ante el responsable de personal de su repartición.

Documentación

Formulario de DDJJ de asignación familiar - alta [.pdf]
Formulario de DDJJ de asignación familiar - baja [.pdf]

Información para los responsables de personal

Operatoria

Alta:

  • El agente presenta a su Responsable de Personal DDJJ de asignación familiar - Alta por triplicado, acompañado de la resolución judicial.
  • De llenarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes - Sección Salarios.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de Entrada (DGP) recepciona la documentación y clasifica según destino.
  • La DDJJ original junto con la resolución judicial se envían a Liquidación de Haberes – Sección Salarios, que edita grupo familiar en legajo en MAP V7, registra y archiva la documentacion en el legajo personal.
  • En caso de que el agente desea percibir asignación se registra la novedad de salario en el sistema.

Baja:

  • El agente presenta a su Responsable de Personal DDJJ de asignación familiar - Baja por triplicado, acompañado de la resolución judicial de la quita.
  • De llenarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes - Sección Salarios. 
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de Entrada (DGP) recepciona la documentación y clasifica según destino.
  • La DDJJ original se envía a Liquidación de Haberes - Sección Salarios que registra en MAP V7 la quita de asignación familiar en salario y edita los datos de la familia en el legajo, registra y archiva la documentacion en el legajo personal.

Cónyuge

El agente varón debe realizar este trámite tanto si desea percibir o no la asignación familiar por cónyuge. Dicha asignación consiste en el pago de una suma fija mensual.

¿Quién puede realizar el trámite?

El agente varón interesado en realizar el trámite.

¿Dónde se realiza el trámite?

Ante el responsable de personal de su repartición

Documentación

Información para los responsables de personal

Operatoria

Alta:

  • El agente presenta a su responsable de personal DDJJ de asignación familiar - Alta por triplicado, acompañado de la partida de matrimonio.
  • De llenarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes- Sección Salarios.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de Entrada (DGP) recepciona la documentación y clasifica según destino.
  • La DDJJ original junto con la partida de matrimonio se envían a Liquidación de Haberes - Sección Salarios, que edita grupo familiar en el legajo en MAP V7, registra y archiva la documentacion en el legajo personal.
  • En caso de que el agente desea percibir asignación se registra la novedad de salario en el sistema.

Baja:

  • El agente presenta a su responsable de personal DDJJ de asignación familiar - Baja por triplicado.
  • De llenarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes - Sección Salarios.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de Entrada (DGP) recepciona la documentación y clasifica según destino.
  • La DDJJ original se envía a Liquidación de Haberes - Sección Salarios, que registra la quita de asignación familiar del salario en MAP V7 en caso que el agente lo perciba y edita el grupo familiar.

Concubinato

El agente debe realizar este trámite para registrar su situación de concubinato en el sistema.

¿Quién puede realizar el trámite?

El agente en situación de concubinato

¿Dónde se realiza el trámite?

Ante el responsable de personal de su repartición.

Documentación

Información para los responsables de personal

Operatoria

Alta:

  • El agente presenta a su responsable de personal DDJJ de asignación familiar - Alta por triplicado, acompañado de la DDJJ de Concubinato expedida por Tribunales.
  • De llenarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes – Sección Salarios.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de entradas (DGP) recepciona la documentación y clasifica según destino.
  • La DDJJ original junto con la DDJJ de Concubinato expedida por Tribunales se envían a Liquidación de Haberes - Sección Salarios, que edita el grupo familiar en el legajo en MAP V7, registra y archiva la documentacion en el legajo personal.

Baja:

  • El agente presenta a su responsable de personal DDJJ de asignación familiar - Baja por triplicado.
  • De llenarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en el legajo del agente.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de Entrada (DGP) recepciona la documentación y clasifica según destino.
  • La DDJJ original se envía a Liquidación de Haberes - Salarios que edita los datos del grupo familiar en el legajo en MAP V7, registra y archiva la documentación en el legajo personal.

Nacimiento de hijo/a

El agente debe realizar este trámite tanto si desea percibir o no la asignación familiar por nacimiento de hijo. Dicha asignación consiste en el pago de una suma fija por única vez.

¿Quién puede realizar el trámite?

El agente que ha tenido un hijo.

¿Dónde se realiza el trámite?

Ante el responsable de personal de su repartición.

Documentación

Información para los responsables de personal

Operatoria

  • El agente presenta a su responsable de personal DDJJ de asignación familiar - Alta por triplicado, acompañado del certificado o partida de nacimiento.
  • De completarse correctamente la firma y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes - Sección Salarios.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • Mesa de Entrada (DGP) recepciona la documentación y clasifica según destino.
  • La DDJJ original junto con el certificado o partida de nacimiento se envían a Liquidación de Haberes - Sección Salarios, que edita el grupo familiar en el legajo en MAP V7, registra y archiva la documentacion en el legajo personal.
  • En caso de que el agente desea percibir asignación se registra la novedad de salario en el sistema.

Cobro de escolaridad

El agente debe realizar este trámite tanto si desea percibir o no la asignación familiar por cobro de escolaridad. Dicha asignación consiste en el pago de una suma fija mensual. El agente estará en condiciones de percibir esta asignación si tiene hijos que concurren regularmente a establecimientos donde se imparta enseñanza.

¿Quién puede realizar el trámite?

El agente interesado en realizar el trámite.

¿Dónde se realiza el trámite?

Ante el responsable de personal de su repartición

Documentación

Información para los responsables de personal

Operatoria

  • El agente presenta a su responsable de personal el formulario por triplicado, acompañado de los certificados de escolaridad.
  • De completarse correctamente los firma, y los formularios:
    • Original: se archiva en Liquidación de Haberes – Sec. Salarios.
    • Duplicado: lo conserva el agente.
    • Triplicado: se archiva en la repartición a la cual pertenece el agente.
  • RED recepciona el formulario (original) y los certificados escolares, verifica la información, y deriva a Sec. Salarios en caso que todo esté correcto. Caso contrario, devuelve a la repartición con las observaciones correspondientes.
  • Si continúa el trámite, Liquidación de Haberes – Sec. Salario ingresa en MAP V7 la novedad para el cobro del salario.

Solicitud adicional por hijo con incapacidad

El agente debe realizar este trámite si desea percibir la asignación familiar de adicional por hijo con incapacidad. Dicha asignación consiste en el pago de una suma fija mensual.

El adicional por hijo con incapacidad se abonará al agente por cada hijo, sin límites de edad, que se encuentre a su cargo.

¿Quién puede realizar el trámite?

El agente que posea hijos con incapacidad.

¿Dónde se realiza el trámite?

Enviando la documentación requerida a la Dirección General de Personal.

Documentación

  • Nota a la Dirección General de Personal
  • Constancia médica o certificado de discapacidad provincial

Información para los responsables de personal

Operatoria

  • El agente solicita mediante una nota el pago del adicional por hijo con discapacidad.
  • Despacho (DGP) recibe la documentación, registra en el legajo y envía la documentación a Reconocimiento Médico.
  • Dpto. Medicina Laboral devuelve a Liq. Haberes Sec. Salarios junto con la nota de cabecera y el informe de la Junta Médica que determina la autorización para el pago.
  • Salarios adjunta copia del dictamen a la ficha personal y envía respuesta a la repartición para notificar al interesado.

Solicitud de asignación prenatal

El agente debe realizar este trámite si desea percibir la asignación familiar de prenatal. Dicha asignación consiste en el pago de una suma fija mensual, que comenzaría a regir a partir del tercer mes en que presuntivamente se hubiera producido la concepción y se pagará por un periodo de nueve meses como máximo aunque el embarazo sea más prolongado.

¿Quién puede realizar el trámite?

El agente interesado en realizar el trámite.

¿Dónde se realiza el trámite?

El agente debe presentarse en la oficina de Liquidación de Haberes – Sección Salarios de la Dirección General de Personal.

Documentación

  • Fotocopia de recibo de sueldo
  • Constancia médica

Información para los responsables de personal

Operatoria

  • El agente presenta en Liquidación de Haberes Sec. Salarios (DGP) fotocopia del último Recibo de Sueldo y Constancia Médica. Completa y firma DDJJ.
  • Entrega en el Dpto. Medicina Laboral la documentación solicitada.
  • El Dpto. Medicina Laboral completa y firma el resto del formulario y devuelve a Sec. Salarios (DGP).
  • Sec. Salarios determina la fecha de inicio para el cobro, registra novedad en MAP V7 y archiva la documentación.
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