Podés adherir, recategorizar, rectificar períodos o dar de baja del Régimen Simplificado
Requisitos
Personas físicas y/o Sociedades Simples:
-
CUIT, Clave fiscal de nivel 3 y adherir el Servicio Municipalidad de Rosario - trámites tributarios, en el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal de AFIP
- Con un único local en la ciudad. Su superficie total no debe superar los 300 m²
- Con no más de 3 empleados en relación de dependencia
- Con ingresos brutos totales devengados en el municipio que no superen los $20.370.309 en los últimos 12 meses calendarios anteriores - considerar los ingresos gravados, no gravados y exentos por el tributo
- No alcanzadas por las previsiones de los arts.9 y 11 de la Ordenanza General Impositiva (cuotas fijas especiales/mensuales)
- No alcanzadas por las disposiciones del Convenio Multilateral
- Que no realicen importaciones de bienes y/o servicios
Tabla del Régimen simplificado
Categoría |
II Brutos anuales hasta |
Sup. total hasta |
Derecho |
Publicidad 3% (art. 12 b) |
Publicidad 9% (art. 12 c) |
I |
$ 2.532.525 |
45 m2 |
34 MT |
35 MT |
37 MT |
II |
$ 6.545.580 |
85 m2 |
64 MT |
66 MT |
70 MT |
III |
$ 9.634.606 |
110 m2 |
115 MT |
118 MT |
125 MT |
IV |
$ 16.020.973 |
200 m2 |
149 MT |
153 MT |
162 MT |
V |
$ 20.370.309 |
300 m2 |
203 MT |
209 MT |
221 MT |
Valor del Módulo Tributario (MT)
- $303 (actualizado al 1 de octubre 2024)
Sin costo
Consultar la Guía paso a paso de Régimen Simplificado
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