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Sección 1.2. Subcomisión de morfología urbana régimen edilicio


1.2.1. CONSTITUCIÓN Y OBJETIVOS

Asesorar respecto de problemas que tienen vinculación directa con el Reglamento de Edificación.
Estará conformada por:

a) Un representante de la Dirección General de Reglamentaciones.
b) Un representante de la Dirección General de Obras Particulares.
c) Un representante de la Dirección General de Topografía y Catastro.
d) Un representante de la Dirección General del Plan Director.
e) Un representante de la Comisión de Planeamiento Urbano y Urbanismo del Honorable Concejo Municipal.
f) Un delegado del Colegio de Ingenieros.
g) Un delegado del Colegio de Arquitectos.
h) Un delegado del Colegio de Técnicos.
i) Un delegado de la Asociación Empresarios de la Vivienda.
j) Un delegado de la Cámara Argentina de la Construcción.
k) Un delegado del Centro de Estudios Urbanos del Rosario.
La presidencia será ejercida en ausencia del Subsecretario de Planeamiento Urbano por el Director General de Reglamentaciones o bien el representante de esa Dirección General que tenga directa relación con el tema que se trate en la Subcomisión respectiva.

1.2.2. MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO

La Comisión Asesora fijará en la misma reunión inaugural las fechas de reunión de las distintas Subcomisiones, considerando además la fecha en que se producirá la clausura del período anual ordinario donde en forma simbólica se labrará el acta respectiva de lo actuado en dicho período.
Las reuniones deberán realizarse por lo menos una vez al mes.
Las sesiones son ordinarias y se celebran en horas y días preestablecidos y son extraordinarias si se celebran cuando:

  • Las convoque el Presidente para tratar asuntos urgentes.
  • Cuando sean resueltas en sesiones ordinarias.
  • A pedido de tres miembros.

A cada miembro se le hará llegar, con anticipación de diez días a cada reunión, junto con el orden del día, los proyectos de normas a tratar, a los efectos de que los temas hayan podido ser evaluados en el seno de cada uno de los organismos participantes.
Para sesionar se requiere un quórum equivalente a la mitad más uno de los miembros.
De este quórum, la mitad más uno deberá ser representante de oficinas técnicas municipales.
En el caso de que no pueda realizarse la sesión por falta de quórum, en el acta correspondiente se dejará constancia del nombre de representantes y delegados ausentes y presentes con o sin aviso y con licencia.
Declarada abierta la sesión, el Presidente informará por Secretaría los asuntos entrados u otras cuestiones de interés y pondrá a consideración el acta de la sesión anterior.

1.2.3. ASUNTOS A TRATAR

Sólo se dará entrada en Comisión a temas que cubran aspectos generales:

a) Normas existentes que deban ser modificadas y/o ampliadas.
b) Ajustes periódicos a las normas para adecuarlas a las situaciones cambiantes de la realidad.
c) Los temas puntuales y particularizados se deberán tratar en las oficinas técnicas municipales correspondientes.

1.2.4. LIBRO DE ACTAS

Se tendrá un Libro de Actas, donde deberá constar: fecha de sesión, temas tratados, delegados presentes/ausentes y toda otra información que se estime conveniente para reflejar claramente la esencia de lo tratado.

 

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