Herramientas Personales

Ordenanza 8384/2009

ORDENANZA
Nº 8.384

Concejo Municipal:
La Comisión de Obras Públicas y Seguridad, ha tomado en consideración el proyecto de Ordenanza de los Concejales Alonso, Zamarini, Sciutto, Debiasi, Bielsa y Foresi, mediante el cual se establece el funcionamiento y usos del Circuito Municipal Parque Alem. Fundamentan que: "VISTO: El Circuito Municipal ubicado en el Parque Alem de la ciudad de Rosario y las distintas disciplinas y actividades que en el se practican, y CONSIDERANDO: Que en el mismo se practican diferentes actividades como: ciclismo, patín carrera, conducción y aprendizaje vehicular, siendo necesario establecer un cronograma de usos, para que de esta manera no se interpongan los días y horarios de las mismas que allí se realizan. Que la Federación Ciclista Santafesina solicita se les permita a toda la familia del ciclismo de Rosario, la práctica del ciclismo los días Martes y Jueves de cada semana, además de aquellos días en los que se organicen festivales de Ciclismo con competencias en todas las categorías. Que el ciclismo utiliza el Circuito denominado "La Zapatilla" desde los primeros años de la década de 1980 para el entrenamiento y las competencias, y se han sumado además jóvenes y aficionados a este deporte que también lo utilizan, ya que en esta zona se puede practicar este deporte con tranquilidad sin el riesgo que se corre en la vía pública. Que además de la práctica del ciclismo, el mencionado Circuito también es utilizado para la práctica del patín carrera, por las escuelas de conductores de la zona y por la población en general en el aprendizaje de la conducción vehicular. Que se han establecido días y horarios para las diferentes actividades, pero muchas veces no son respetados, ocasionando el malestar de quienes asisten al Circuito días precisos en horarios fijos. Por dicho motivo se hace necesario establecer un cronograma, con fuerza Ordenanza, para que de esta manera todos los que frecuentemente utilizan estas instalaciones puedan seguir gozando de ellas, sin que se produzcan interposiciones y respetando a cada uno de ellos; informando a la población con publicidad de cartelería y brindando un espacio seguro para diferentes actividades."
Por lo expuesto, esta Comisión solicita la aprobación del siguiente proyecto de Ordenanza:

Artículo 1: Establécese el funcionamiento y los usos del Circuito Municipal ubicado en el Parque Alem de la ciudad de Rosario en la presente normativa.
Artículo 2: Determínase que el usufructo del Circuito Municipal ubicado en el Parque Alem quedará determinado para:
a) la práctica deportiva de ciclismo,
b) la práctica deportiva de patín carrera y deportes afines y,
c) el aprendizaje y/o práctica de manejo para conductores de la ciudad de Rosario.
Artículo 3: Dispónese que el Departamento Ejecutivo a través de los organismos que correspondan, elaborará un cronograma con días y horarios para el funcionamiento de la práctica de las disciplinas deportivas y las actividades mencionadas en el artículo anterior convocando a la Federación Santafesina de Ciclismo, la Asociación Rosarina de Patín Carrera, y escuelas de conductores de la zona para la confección del mismo.
Artículo 4: A los efectos de garantizar el uso para los deportistas, academias de manejo y peatones, se colocarán carteles indicando los días y horarios establecidos para cada actividad.
Artículo 5: En el caso que una de las instituciones deportivas desee realizar una competencia en el denominado circuito los días sábado, domingo o feriados, y soliciten su uso exclusivo, deberá gestionar la respectiva autorización por escrito ante la Dirección General de Recreación y Deporte, cumplimentando los requisitos que se indiquen en la reglamentación de la dicha normativa.
Artículo 6: El ingreso al interior del perímetro correspondiente al Circuito Municipal ubicado en el Parque Alem será controlado por personal municipal a los fines de que sólo accedan al mismo las personas que pretendan la práctica de disciplinas o actividades habilitadas por la presente norma en los días y horarios dispuestos para tal fin. (Modificado por el Art. 1º de la Ordenanza Nº 8722/10)
Artículo 7: A los fines dispuestos por el artículo anterior, el perímetro del Circuito Municipal permanecerá cerrado con tejido alambrado y cerco verde. (Modificado por el Art. 2º de la Ordenanza Nº 8722/10)
Artículo 8: El Departamento Ejecutivo deberá arbitrar los medios necesarios al efecto de dar suficiente seguridad y publicidad a lo dispuesto por la presente Ordenanza. (Incorporado por el Art. 3º de la Ordenanza Nº 8722/10)
Sala de Sesiones, 5 de Marzo de 2009.

Firman:
Cjal. Miguel Zamarini
Presidente del Concejo Municipal
Dra. Sonia Maria Colacelli
Secretaria General Parlamentaria

 

 

Acciones de Documento