Ordenanza 7792/2004
LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE
ORDENANZA
(Nº 7792)
Artículo 1°.- Dispónese adherir, en cuanto al Derecho de Registro e Inspección, al criterio dado por las modificaciones establecidas en la Ley Nacional N° 25.865/04 y el Decreto N° 806 del Poder Ejecutivo Nacional, en su articulado correspondiente, respecto a los beneficios del Régimen de Monotributo Social.
Art. 2°.- Establécese que por igual período de vigencia que el determinado por la inscripción en el Registro Nacional de Efectores del Desarrollo Local y la Economía Social, o sea, por veinticuatro meses a partir de dicha inscripción, las personas, los proyectos productivos o asociativos de bienes y servicios, las cooperativas de trabajo y sus integrantes, que se encuentren inscriptos en el mismo, serán exceptuados del pago del Derecho de Registro e Inspección.
Art. 3°.- El Departamento Ejecutivo deberá reglamentar la aplicación de la presente Ordenanza respecto a la instrumentación del beneficio de exención.
Art. 4°.- Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al D.M.
Sala de Sesiones, 15 de diciembre de 2004.
Rosario, 30 de Diciembre de 2004.
Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése a la Dirección
General de Gobierno.
Sitio de interés: www.infoleg.gov.ar