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Ordenanza 7033/2000

LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE

ORDENANZA

(Nº 7033)

Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a instrumentar Convenio de Pago - de hasta 36 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin aplicación de intereses financieros - para la percepción del derecho establecido en el Artículo 102 inc. c) de la Ordenanza General Impositiva a los beneficiarios de la Ordenanza Nº 6878 y por esta única vez, sin por lo tanto sentar precedente, a todos aquellos titulares de licencias que a la fecha de promulgarse la presente adeuden este tributo. Podrán pagar la primera cuota a partir del 1º de Marzo del 2001. (Modificado por art. 1º de la Ordenanza Nº 7130/01)

Art. 2º.- Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al D.M.

Sala de sesiones, 27 de Julio de 2000.-

Firmado: Dr. Pablo Andrés Cribioli (Presidente del H.C.M.), Dr. Juan Leandro Pin (Secretario General Parlamentario del H.C.M.).

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