Ordenanza 6855/1999
LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE
ORDENANZA
(Nº 6.855)
Artículo 1º.- Suprímese del trazado oficial la calle S/N de orientación Norte-Sur de 20 mts. de ancho oficial, creada por Decreto nº 37.897/69, entre calle Pasco al Norte y Calle 1707 al Sur ubicada a 350 mts. de la línea municipal Oeste de la traza de Avda. de Circunvalación hacia el Oeste.
Art. 2º.- Suprímese del trazado oficial la Calle S/Nº de orientación Norte-Sur de 20 mts. ancho oficial, creado por Decreto nº 37.897/69 entre calle Pasco al Norte y (Calle 1707 al Sur ubicada a 235 mts. al Oeste de la Línea Municipal Oeste de la Calle 1718.
Art.3º.- Suprímese del trazado oficial la Calle S/N de orientación Norte-Sur de 20 mts. de ancho oficial creada por Decreto nº 37.897/69 entre calle Pasco al Norte y prolongación de Calle 1711 al Sur creada por Decreto nº 37.897/69.
Art.4º.- Suprímese el trazado oficial la Calle S/N de orientación Norte-Sur de 20 mts. de ancho oficial creada por Decreto nº 37.897/69 en el tramo comprendido entre calle Pasco al Norte y el Camino Límite del Municipio al Sur.
Art.5º.- Suprímese del trazado oficial la Calle 1720 de orientación Norte-Sur de 20 mts de ancho oficial creada por Decreto nº 37.897/69 en el tramo comprendido entre la Calle 1707 al Norte y la calle Estudiante Aguilar al Sur.
Art.6º.- Suprímese del trazado oficial la Calle S/N de orientación Este-Oeste de 20 mts. de ancho oficial creada por Decreto nº 37.897/69, en el tramo comprendido entre la Línea Municipal Oeste de la calle J.E. Colombres (modificada por Ordenanza nº 6.603 en su Art. 6º) y el camino de los Indios al Oeste.
Art.7º.- Suprímese del trazado oficial la Calle S/N de orientación Este-Oeste de 20mts. ancho oficial creada por Decreto nº 37.897/69 en el tramo comprendido entre Calle 1708 al Este y el Camino de los Indios al Oeste.
Art.8º.- Suprímese del trazado oficial la Calle S/N de orientación Norte-Sur creada por Decreto nº 37.897/69 v ratificada por Ordenanza nº 4.766/89 "Unidad de Actuación Godoy Oeste" de 25 mts. de ancho oficial de orientación Norte-Sur en el tramo comprendido entre Calle 1709 al Norte y Calle 1731 (ex-Amenábar) al Sur.
Art. 9º.- Derógase en su totalidad el Decreto nº 009/81 que aprueba el trazado oficial del sector delimitado al Norte por la Calle 1731 (ex-Amenabar), al Este por la Avda. de Circunvalación 25 de Mayo, al Sur por la calle Bertole y Rivarola y Camino Limite del Municipio al Oeste, quedando suprimido todo el trazado oficial que aprobara dicho Decreto.
Art. 10.- Créase la Calle Pública de orientación Norte-Sur de 14 mts. de ancho oficial en el tramo comprendido entre la Calle 1711 al Norte y la Calle 1731 (ex-Amenábar) al Sur cuyo eje coincide con el deslinde parcelario Oeste del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º. S/M. Gráfico 248, S/D1.
Art. 11º.- Créase la Calle Pública de orientación Norte-Sur de 14 mts. de ancho oficial entre Calle 1711 al Norte y Calle 1731 (ex-Amenabar) al Sur, cuyo eje coincide con el deslinde parcelario Este del inmueble en la Sección Catastral 17º, S/M, Grafico 248, S/D 1.
Art. 12º.- Modificase el ancho oficial de 25 mts. de la Calle 1731 (ex-Amenanbar) en el tramo comprendido entre las calles Públicas de orientación Norte-Sur creadas en los Artículo 11º al Este y el Artículo 10º al Oeste, llevando su ancho en el mencionado tramo a 22,5 mts. preservándose la actual Línea Municipal Sur y consecuentemente con ello la Línea Municipal Norte deberá emplazarse hacia el Norte 22,50 mts. de la Línea Municipal Sur. (Artículo modificado por el Art. 1º de la Ordenanza Nº 7.587/2003)
Art.13º.- Créase la Calle Pública de orientación Este-Oeste de 14 mts. de ancho oficial en el tramo comprendido entre la calle creada en el articulo 11º al Este y el artículo 10º al Oeste, cuyo eje se define a los 48,47 mts. al Sur de la Línea Municipal sur de la Calle 1711.
Art.14º.- Créase la Calle Pública de orientación Este-Oeste de 14 mts. de ancho oficial entre la calle creada en el artículo 11º al Este y el artículo 10º al Oeste cuyo eje se define a los 103.93 mts. al Sur de la Línea Municipal Sur de la Calle 1711.
Art.15º.- Modificase el ancho oficial de la calle Dr. Guillermo Colombres de orientación Norte-Sur creada por Decreto Nº 37.897/69 y ratificada por Ordenanza Nº 4.766/89 “Unidad de actuación Godoy Oeste" de 25 mts. de ancho, llevándolo a 15 mts. de ancho en el tramo comprendido entre el deslinde parcelarlo Sur del S/M, Gráfico 295, S/D 3 al Sur y la Calle 1.731 (ex Amenábar) al Norte, respetando la prolongación del eje existente en el tramo comprendido entre la Avda. Rodolfo Rivarola y el deslinde parcelarlo Sur del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º, Gráfico 259, S/D 3. (Artículo modificado por el Art. 2º de la Ordenanza Nº 7.587/2003)
Art. 16º.- Modificase el ancho oficial de la calle Dr. Guillermo Colombres creada por Decreto Nº 37.897/69 y ratificada por Ordenanza Nº 4.766/89 "Unidad de actuación Godoy Oeste”, llevándolo a 20 mts. de ancho en el tramo comprendido entre la Calle 1.731 (ex Amenabar) al Sur y la Calle 1711) al Norte, quedando determinado su eje por un segmento de recta AB, en donde el punto A estará definido por la intersección de la prolongación del eje de Calle Colombres (proveniente del Sur)con el eje de la Calle 1731, y el punto B estará definido a los 109,97 mts. al Este de la intersección del eje de la calle de orientación Norte-Sur creada en el Artículo 10º. (Artículo modificado por el Art. 3º de la Ordenanza Nº 7.587/2003)
Art. 17º.- Créase la prolongación de la calle Dr. Guillermo Colombres de 25 mts. de ancho en el tramo comprendido entre el Bv. 27 de Febrero al Sur y la Calle 1708 al Norte, respetando el eje existente que fue definido y materializado por los Ing. Civiles Félix Zambruno y Hugo Provera, cuyo plano consta inscripto en la Dirección General de Catastro – Delegación Rosario- Departamento Rosario, bajo el Nº 112222/83 en el tramo comprendido entre Bv. 27 de Febrero al Norte y la Calle 1711 al Sur. (Artículo modificado por el Art. 4º de la Ordenanza Nº 7.587/2003)
Art. 18º.- Defínese el eje de calle Estudiante Aguilar de 20 mts. de ancho oficial de orientación Este-Oeste creada por Decreto nº 37.897/69 entre Camino Colector de Avda. de Circunvalación y Vías del FF.CC.N.C.A. como la prolongación del eje de la misma calle al Oeste de las vías mencionadas, definido en el artículo 5º de la Ordenanza nº 6.603/98.
Art. 19º.- Ratificase el ancho oficial de calle Monteflores de 20 mts. de ancho oficial de orientación Este-Oeste en el tramo comprendido entre Camino Colector de Avda. de Circunvalación y el Camino de los Indios, respetando su actual eje.
Art. 20º.- Restitúyase para ambas trazas de la Calle 1708 el ancho oficial de 20 mts ubicada a ambos lados de la vía F.F.C.C.N.C.A. en el tramo comprendido por el Camino Límite del Municipio y la Avda. Circunvalación “25 de Mayo”, por lo que consecuentemente queda derogado el ancho de 12 mts para dicha arteria, establecido en el trazado oficial aprobado por Decreto Nº 37.897/69. (Artículo modificado por el Art. 5º de la Ordenanza Nº 7.587/2003)
Art. 21º.- Modificase el ancho oficial de la Calle 1.718 de orientación Norte-Sur de 20 mts. llevando su ancho a 25 mts. en el tramo comprendido entre calle Pasco al Norte y Calle 1.707 al Sur, preservando su actual Línea Municipal Este. (Artículo modificado por el Art. 6º de la Ordenanza Nº 7.587/2003)
Art. 22º.- Incorpórase al trazado oficial la prolongación de la calle Pública 1.718 de orientación Norte-Sur de 25 mts.de ancho en el tramo comprendido entre la Calle 1707 al Norte y el camino 27 de Febrero al Sur, conservando el eje proveniente desde el Norte de Calle 1707 y definiendo la Línea Municipal Este a 10 mts. al Este del respectivo eje y la Línea Municipal Oeste a 15 mts al Oeste del mencionado eje.
Art. 23º.- Créase la Calle Pública S/N de orientación Este-Oeste de 14 mts. de ancho oficial entre el Camino Colector de Avda. de Circunvalación y la Calle 1718 ratificada en el artículo 21º, cuyo eje se define a los 47 mts. al Norte de la Línea Municipal Norte de la Calle 1707.
Art. 24º.- Incorpórase al trazado oficial la prolongación de la calle J.E.Colombres de 18 mts. de ancho oficial de orientación Norte-Sur en el tramo comprendido entre la calle Pública creada en el Artículo 23º al Norte y la Calle 1707 al Sur, ubicándose su eje a 139,34 mts al Este de la Línea Municipal Este de la calle 1718. (Artículo modificado por el Art. 7º de la Ordenanza Nº 7.587/2003)
Art. 25º.- Incorpórase al trazado oficial la prolongación de la calle Pública S/N (creada en el Artículo 11º de la Ordenanza nº 6.603/98)de orientación Norte-Sur de 18 mts. de ancho oficial en el tramo comprendido entre las calles 1707 al Sur y calle Pasco al Norte, conservando su actual eje.
Art. 26º.- Incorpórase al trazado oficial la prolongación de la Calle Pública S/N (creada en el Art. 15 de la Ordenanza nº 6.603/98) de orientación Norte-Sur de 14 mts. de ancho oficial, en el tramo comprendido entre la Calle 1707 al Sur y la Calle Pública creada en el Art. 23º al Norte, conservando su actual eje.
Art. 27º.- Créase la Calle Pública S/N de orientación Norte-Sur de 14 mts de ancho oficial entre calle Pública creada en el Art. 23º al Norte y Calle 1707 al Sur, cuyo eje se define a los 11 mts. de la Línea Municipal Este de la calle creada en el Art. 26º.
Art. 28º.- Incorpórase al trazado oficial la prolongación de la calle Montes Carballo de orientación Norte-Sur de 15 mts. de ancho oficial en el tramo comprendido entre el deslinde parcelario Sur del inmueble propietarios desconocidos y la Calle 1531 (ex- Amenábar) al Norte quedando determinado su eje por dos segmentos de rectas AB y BC, en donde el punto A, estará definido por la intersección del eje de calle Montes Carballo y el deslinde parcelario Sur de propietarios desconocidos, el punto B estará definido a los 230 mts . al Oeste del eje de la Calle 1724 y el punto C estará definido a los 230 mts al Oeste de la Calle 1724.
Art. 29º.- Ratifíquese el trazado de la calle M.González de orientación Norte-Sur de 15 mts de ancho oficial creada por Ordenanza nº 4.766/89 Unidad de Actuación Godoy Oeste, en el tramo comprendido entre el deslinde parcelario Sur del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º, S/M, Gráfico 254, S/D 1 al Sur y la Calle 1731 (ex-Amenábar) al Norte, quedando determinado su eje por un segmento de recta AB, en donde el punto A estará definido por la intersección de Calle M. Gonzalez y el deslinde parcelario Sur del inmueble empadronado en la Sección 17º, S/M, Gráfico 254, S/D 1 y el punto B estará definido sobre la prolongación de la Línea Municipal Sur de la Calle 1724 (ex-Amenábar) a los 115 mts. al Oeste del eje de la Calle 1724.
Art. 30º.- Incorporase al trazado oficial la prolongación de la Calle 1724 de orientación Norte-Sur de 15 mts. de ancho oficial, en el tramo comprendido entre el deslinde parcelario Sur del inmueble empadronado la Sección Catastral 17º, S/M, Gráfico 254, S/D 1 al Sur y la Calle 1711 Norte; quedando determinado su eje por dos segmentos de rectas AB Y BC, en donde el punto A estará definido por la intersección del eje de la Calle 1724 con el deslinde con parcelario Sur del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º, S/M, Gráfico 254, S/D 1 (parte); el punto B se ubica a los 7.50 mts. al Oeste sobre la prolongación de la Línea Municipal Norte de la Calle 1731 (ex-Amenabar) del deslinde parcelarlo existente entre el Lote A y los lotes C y D (según plano nº139.423/97), y el punto C se ubica a los 7,50 mts. al Oeste sobre la prolongación de la Línea Municipal Sur de la Calle 1711 del deslinde parcelario existente entre el lote A y el lote C (del plano Nº 139.423/97).
Art. 31º.- Incorporase al trazado oficial la prolongación de la calle Fernández Díaz de 15 mts. de ancho oficial de orientación Norte-Sur en el tramo comprendido entre el deslinde parcelario Sur del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º S/M, Gráfico 247, S/D 2 y la Calle 1731, respetando su actual eje.
Art. 32º.- Incorporase al trazado oficial la prolongación de la calle Campodónico de orientación Norte-Sur de 15 mts. de ancho oficial en el tramo comprendido entre el deslinde parcelario Sur del inmueble empadronado en la Sección Catastral 170, S/M, Gráfico 247, S/D 2 respetando su actual eje.
Art. 33º.- Incorporase al trazado oficial la prolongación de la calle Larralde de orientación Norte-Sur de 15 mts. de ancho oficial en el tramo comprendido entre el deslinde parcelarlo del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º, S/M, Gráfico 254, S/D 3 y la calle 1731 respetando su actual eje.
Art. 34º.- Incorpórase al trazado oficial la prolongación de la calle Danieri de orientación Norte-Sur de 15 mts de ancho oficial en el tramo comprendido entre el deslinde parcelario Sur del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º, S/M, Gráfico 259, S/D 3 y la calle 1731, respetando su actual eje.
Art. 35º.- Incorporase al trazado oficial la prolongación de la calle Fader de orientación Norte-Sur de 15 mts de ancho oficial en el tramo comprendido entre el deslinde parcelario Sur del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º S/M, Gráfico 259, S/D 3 y la Calle 1731 respetando su actual eje.
Art. 36º.-Incorporase al trazado oficial de la prolongación de la calle Anderson de orientación Norte-Sur de 15 mts de ancho oficial en el tramo comprendido entre el deslinde parcelario Sur del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º S/M, Gráfico 259, S/D 5 y la Calle 1731 respetando su actual eje.
Art. 37º.- Créase la Calle Pública S/N de orientación Este-Oeste de 15 mts de ancho oficial en el tramo comprendido entre el Camino Límite del Municipio al Oeste y la Calle 1724 al Este definiendo su eje a los 7.50 mts al Norte del deslinde Parcelario Norte del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º, S/M, Gráfico 259, S/D 2.
Art. 38º.- Créase la Calle Pública S/N de orientación Norte- Sur de 20 mts de ancho oficial en el tramo comprendido entre la Calle 1731 (ex Amenabar) al Sur y la Calle 1708 al Norte, cuyo eje se define a los 10 mts hacia el Este del límite Este del inmueble empadronado en la Sección Catastral 17º, Gráfico 213, S/D 4.
Art. 39º.- Créase la Calle Pública S/N de orientación Norte –Sur de 20 mts de ancho oficial en el tramo comprendido entre la Calle 1731 (ex Amenabar)al Sur y Calle 1711 al Norte, cuyo eje se define a los 166.83 mts al Oeste del eje de la Calle 1724.
Art. 40º.- Créase la Calle Pública S/N de orientación Este-Oeste de 15 mts de ancho oficial en el tramo comprendido entre la Calle 1724 al Este (creada en el artículo 30º) y la Calle 1708 cuyo eje se define a los 47.50 mts. al Sur de la Línea Municipal Sur de la Calle 1711.
Art. 41º.- Créase la Calle Pública de orientación Este-Oeste de 15 mts de ancho oficial en el tramo comprendido entre la Calle 1724 al Este (creada en el artículo 30º) y la Calle creada en el Art. 38º al Oeste, cuyo eje se define a los 102.50 mts. al Sur de la Calle 1711.
Art. 42º.- Los planos obrantes a fs. 4, 7 y 10 del Expte. nº 23.061-R-99. formarán parte indisoluble de la presente Ordenanza.
Art. 43º.- Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al D.M.-
Sala Sesiones, 28 de Octubre de 1999.-
Firmantes: Sergio Mas Varela (Secretario Gral. Parlamentario H.C.M.R.), Roberto Raúl Soriano (Presidente del H.C.M.)