Ordenanza 6257/1996
LA MUNICIPALIDAD ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
(Nº 6.257)
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 4to., Título 1 de la Ordenanza Nº 3120, el que regirá a partir de la sanción de la presente con el siguiente texto:
"Artículo 4º.- Habilítese a partir del presente, las siguientes Playas de Estacionamientos Municipales en el ámbito Jurisdiccional de la ciudad de Rosario:
a) Playa de Estacionamiento “Plaza Sarmiento”
b) Playa de Estacionamiento “Parque España Sud” " (modificado por el artículo 1º de la Ordenanza Nº 7.810/2004)
Art. 2º.- El Departamento Ejecutivo determinará la modalidad del sistema a implementar y el monto diario a abonar por los vehículos, que será remitido para su aprobación a este Honorable Cuerpo.
Art. 3.- Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al D.M.-
Sala de Sesiones, 25 de Setiembre de 1996.-
Firmantes: Dr. Juan Antonio A. Laquin (Secretario General Parlamentario del H.C.M.). Osvaldo R. Mattana (Presidente del Honorable Concejo Municipal).