Ordenanza 61666/1996
>LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE <br>
>ORDENANZA Nº 6214 <br>
>HONORABLE CONCEJO: <br>
>La Comisión de Planeamiento y Urbanismo ha considerado el proyecto de Ordenanza presentado por el concejal Cañedo, quien manifiesta: “Visto, que uno de los problemas en la aceptación del padrinazgo en los espacios verdes lo constituyen los costos económicos de dichos convenios de colaboración y, <br>Considerando, que se puede subsanar este inconveniente".
>Por lo expuesto, la Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de: <br>
>ORDENANZA <br>
>Artículo lº.-Modifícase el artículo 17º de la Ordenanza Nº 5.44392 modificada por Ordenanza Nº 5.457/92, que quedará redactada de la siguiente manera:
>Artículo 17º.- Si hubiera más de un ofrecimiento para apadrinar integralmente un mismo espacio verde, el Departamento Ejecutivo tendrá en cuenta, como pautas para la selección de aquellas propuestas que resulten más ventajosas en cuanto al mantenimiento, aportes de elementos, realce, embellecimiento y seguridad de dichos espacios verdes. Igualmente se considera importante la propuesta que ofrezca hacer cargo del mayor número de espacios verdes, y en particular aquellas propuestas que combinen el padrinazgo de espacios verdes céntricos con otros periféricos de la ciudad. Asimismo se podrá aceptar un padrinazgo <br>compartido por 2 ó 3 padrinos, debiendo el Departamento Ejecutivo determinar
>fehacientemente cuál es la responsabilidad de cada padrino. <br>(Modificada por Ordenanza Nº 6214,1996).
><a>Art. 2º.-Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M.
><br>Sala de Sesiones, 5 de Abril de 1996.-
><br>//sario, mayo 22 de 1996.-
>Habiendo quedado promulgada la Ordenaza Nº6166, sancionada por el Honorable Concejo Municipal el día 2504/96, por simple transcurso del término legal que determina el artículo 39º inciso 12 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, cumpláse, publíquese y dése a la dirección General de Gobierno.-
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