Ordenanza 4030/1986
LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Nº 4030
Honorable Concejo:
La Comisión de Cultura y Peticiones ha considerado el expediente mencionado en el epígrafe y que fuera caratulado: “Proyecto de Ordenanza de los concejales Cattoni, Lizondo, Sánchez y otros: fija el día 2 de abril de cada año en homenaje a los caídos en la guerra por la recuperación de las Islas Malvinas”.
La Comisión ha compartido las consideraciones que efectúan los autores del proyecto y que textualmente expresan:
El próximo 2 de abril se cumple un nuevo aniversario de la fecha en que tropas argentinas desembarcan en Puerto Argentino, en un intento de definitiva recuperación de nuestras Islas Malvinas.
El imperialismo inglés, en combinación con otros espurios intereses internacionales, frustraba poco tiempo después, nuestro largamente postergado anhelo de ejercer soberanía en las islas irredentas.
El inmenso poderío bélico le posibilitaba una vez más imponerse sobre la razón y la justicia, agregando un nuevo hito en su negra trayectoria sustentada en el sojuzgamiento de los pueblos.
No obstante la supremacía de la fuerza del legendario usurpador, el pueblo argentino no cejará jamás de proclamar al mundo los derechos soberanos que le asisten sobre las Islas Malvinas y demás territorios en litigio en el Atlántico Sur.
Después del 2 de abril de 1982, la voz de la sangre de nuestros muertos robustece el clamor de nuestro ya centenario reclamo de justicia ante el concierto de las naciones.
Honrar la memoria de los compatriotas que dieron su vida en la guerra por la recuperación de las Islas Malvinas es un compromiso de honor ineludible. En el homenaje que les tributemos cada año, además del permanente reconocimiento que les debemos por el supremo sacrificio que realizaron, testimoniaremos en apretada síntesis, los derechos que nos son propios como Nación Soberana.
Cabe agregar a lo señalado por los señores concejales, que los acontecimientos que se sucedieron a partir del 2 de abril de 1982, fueron detonantes que pusieron de manifiesto el fervoroso espíritu de solidaridad de los pueblos latinoamericanos, que sin hesitación apoyaron el concepto de soberanía sustentado por nuestro país. Solidaridad que alimentó el mismo ideal de libertad y justicia frente a la prepotencia del usurpador.
Honorable Concejo: desde el advenimiento de esta nueva etapa de vida democrática, la ciudad de Rosario ha recordado cada 2 de abril a los argentinos caídos en la lucha contra el opresor inglés. Siete de esos muertos por la Patria eran rosarinos. Desde 1984, sus nombres están grabados en el bronce que ostenta una de las paredes exteriores del edificio del Honorable Concejo Municipal. Y desde 1985, el salón de acceso principal lleva el nombre de “Puerto Argentino”.
Por lo tanto y tomando en cuenta lo expuesto precedentemente, la Comisión de Cultura y Peticiones considera apropiado sancionar una norma municipal que de ahora en más determine el cumplimiento de uno de nuestro deberes más honrosos.
A tales fines, se recomienda la aprobación del siguiente proyecto de Ordenanza.
Artículo 1º.- El día 2 de abril de cada año, la Municipalidad de Rosario realizará un acto de homenaje en memoria de los argentinos que dieron sus vidas en la guerra por la recuperación de las Islas Malvinas.
Artículo 2º.- La Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Turismo de la Municipalidad tendrá a su cargo la organización del acto a que hace referencia el artículo precedente, en coordinación con la Comisión de Cultura y Peticiones del Honorable Concejo Municipal.
Artículo 3º.- Para la organización del acto de homenaje en memoria de los argentinos caídos en la guerra por la recuperación de las Islas Malvinas, deberán tomarse en cuenta las siguientes pautas:
a) Se realizarán actos conmemorativos en el Propileo del Monumento Nacional a la Bandera, frente a la Tumba del Soldado Desconocido y en el monolito recordatorio a los oficiales y soldados caídos en la Guerra de Malvinas ubicado en la “Plaza Gesta de Malvinas”, el día 2 de abril en horas de la mañana. (Inciso modificado por el Art. 17º de la Ordenanza Nº 7448/02) (Inciso derogado por el Art. 2º de la Ordenanza Nº 7909/05)
b) La ceremonia incluirá, conforme lo disponga el orden que establece el Ceremonial en vigencia:
- ejecución del Himno Nacional Argentino
- minuto de silencio en recordación de los caídos
- oración fúnebre a cargo del señor Arzobispo de Rosario o su representante
- colocación de ofrendas florales
- alocuciones (con participación de por lo menos un representante del Departamento Ejecutivo y otro del Honorable Concejo Municipal)
c) Se cursarán invitaciones de participación en el acto a las Autoridades Civiles, Militares y Eclesiásticas y a las Instituciones Oficiales y Privadas que determine el Protocolo, incluyendo además: al Centro de Ex – Combatientes de las Islas Malvinas de Rosario, a los familiares de los Soldados rosarinos caídos en la guerra del Atlántico Sur y a las Instituciones Educacionales, Culturales, etc., que ostenten el nombre de “Islas Malvinas” y “2 de Abril” y a todas aquellas que por sus actividades estén vinculadas al acontecimiento que se conmemora.
d) Se tomarán los recaudos necesarios para dar amplia difusión al acto, solicitando a todos los medios de comunicación de la ciudad presten su colaboración en tal sentido.
Artículo 4º.- El día 2 de abril de cada año, el Pabellón Nacional será izado a media asta en el Mástil Mayor del Monumento Nacional a la Bandera y en todas las reparticiones dependientes de la Municipalidad de Rosario.
Artículo 5º.- La Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Turismo de la Municipalidad cursará la pertinente invitación al Centro de Ex – Combatientes de las Islas Malvinas de Rosario, a fin de que dicha entidad tenga a su cargo el día 2 de abril de cada año, las ceremonias de izamiento y arriamiento de la Enseña Patria en el Mástil Mayor del Monumento Nacional a la Bandera.
Artículo 6º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M.-
Sala de Sesiones, 20 de marzo de 1986.-
Fdo: EMETERIO PASTOR, Presidente H.C.M. – Esc. HECTOR MARIO PREMOLI, Secretario H.C.M.