ORDENANZA Nº 9832/2018
Artículo 1º.- Establézcase un Plan Especial de ReguIarización de Deudas a favor de los deudores beneficiarios del PROMUFO (Programa Municipal Básico de Formación, Asistencia Técnica y Financiamiento para Emprendedores Locales), por convenios efectivamente firmados antes del 31-12-2016.
Art. 2º.- Los Emprendedores que se hallen comprendidos por los alcances del art. 1º, podrán acogerse a este Plan Especial de Regularización de Deudas hasta el 31 de diciembre de 2018, según las disposiciones que se fijan en el articulado de la presente Ordenanza. (Modificado por el Art. 1º de la Ordenanza Nº 9887/2018).
Art. 3º.- Los Emprendedores que se acojan a este plan especial de regularización de deudas, en término, suscribirán un nuevo acuerdo a valores históricos, sin ningún otro cargo por intereses, ni comunes ni resarcitorios, por hasta la misma cantidad de cuotas impagas del convenio anterior, con el interés futuro acordado para los actuales créditos del PROMUFO.
Art. 4º.- La cancelación de la deuda vigente mediante el presente plan de regularización de deuda dejará sin efecto, por única vez, las sanciones establecidas en la Ordenanza Nº 8.000. que se transcribe a continuación: "5) Incumplimiento: en los casos de incumplimiento, de la devolución del préstamo al programa y/o la falta de la Habilitación Social, en el plazo
otorgado, dispuesto por el Art. 4º de la presente ordenanza, el profesional a cargo del seguimiento, elevará un informe de situación (Técnico -económico -social) a la Coordinación Ejecutiva del Programa, que evaluará y propondrá, de ser conducente, cursos de acción posibles a la Comisión de Producción y Enzpleo del Concejo Municipal para que resuelva en
consecuencia. Entre las acciones se considerará la condonación de la deuda por parte de la Comisión o un plan de pago, en los casos que según el seguimiento realizado lo amerite. Los casos de incumplimiento requerirán la aplicación de la normativa especificada en el Convenio respecto a la suspensión; además se le impedirá obtener libre deuda municipal, se le impedirá obtener la licencia de conductor ó su renovación, se lo retirará de la lista de beneficios para emprendedores, se suspenderá el permiso del instituto de alimentos y el permiso de feria, no podrá presentarse como proveedor de la Municipalidad de Rosario, según corresponda a la falta. Sin perjuicio de lo mencionndo anteriormente se intercambiará información con el ente provincial que corresponda con el fin de no otorgar un nuevo programa a los emprendedores
morosos, en el ámbito Municipal o Provincial".
Art. 5º.- La Secretaría de Producción, Empleo e Innovación de la Municipalidad de Rosario, reglamentará la implementación de la presente Ordenanza. y comunicará a través del Área del Promufo los alcances de este plan especial de regularización de deudas. facilitando información al respecto a los actuales deudores del PROMUFO.
Art. 6º.- Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al D.M..
Sala de Sesiones, 26 de Marzo de 2018.-