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Ordenanza Nº 10239/2021

Concejo Municipal

Vuestra Comisión de Gobierno ha tomado en consideración el proyecto de Ordenanza presentado por los/as Concejales/as Eduardo Toniolli, Norma López, María Alejandra Gómez Sáenz, Alejandra Lorena Carbajal, María Luz Perradas, Alejandro Rosselló, María Pernanda Gigliani, Mónica Perrero, Daniela León, Lisandro Zeno, jesica Pellegrini, Pedro Salinas, Caren Tepp, María Eugenia Schmuck, Carlos Cardozo, Ariel Cozzoni, Susana Rueda, Marina Magnani y Andrés Giménez mediante el cual establece se modifique nombre de Pasaje Hutchinson por Pasaje Daniel Brito.

Habiendo sido analizadas las presentes actuaciones por parte de la Comisión Especial de Nomenclatura y Erección de Monumentos en la reunión llevada a cabo el día 4 de junio de 2021, la misma se expidió favorablemente a la petición, aconsejando se modifique el nombre de la calle "Hutchinson" en un tramo que se designa como "pasaje Daniel Brito", de orientación norte-sur, ubicado entre las calles N. Perrazza y Lacar, paralelo a las calles Crespo y Vera Mujica.

Se fundamenta que: "Visto: El fallecimiento de Daniel Brito. Veterano de guerra de Malvinas, el día 25 de mayo de 2021, luego de cursar un cuadro de coronavirus, y

Considerando: Que Daniel Brito nació en 1963, y participó en la guerra de Malvinas con tal solo 18 años, con el rango de Cabo Segundo de la Infantería de Marina.

Que hasta su fallecimiento Daniel Brito fue el encargado de manejar el camión con el que el Centro de Ex soldados Combatientes de Malvinas de Rosario realiza tareas solidarias de asistencia alimentaria a personas en situación de calle.

Que tras su deceso, sus compañeros veteranos lo caracterizaron en declaraciones a la prensa como 'un hombre alegre, siempre predispuesto y solidario, dedicado a sus hijas y nietos, pero también a prestar servicio a la comunidad cuarenta años después de haber peleado en Malvinas'.

Que tanto el Centro de Ex soldados Combatientes de Malvinas de Rosario, como la agrupación Generación Malvinas (que reúne a hijos e hijas de ex combatientes), expresaron públicamente su pesar por la partida física de Daniel Brito, y destacaron su compromiso solidario con los más necesitados.

Que Daniel Brito vivía en el pasaje Hutchinson, del barrio Acindar de nuestra ciudad, calle que se extiende desde 24 de septiembre hasta Cagancha, y en la que habitan otros veteranos de la guerra de Malvinas.

Que Tomás Hutchinson -diplomático, médico, geógrafo y escritor- fue cónsul de la corona británica en nuestra ciudad entre 1861 y 1870.

Que el Artículo Nro. 16° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Nro. 2. 756) establece que: 'Las Municipalidades podrán erigir estatuas o monumentos conmemorativos de personas o acontecimiento determinado dentro de su jurisdicción. Asimismo, podrán imponer el nombre de calles, plazas, o paseos o el cambio de nombre de los mismos por el de personas o acontecimiento determinado mediante ordenanza dictada a tales efectos. En todos los casos se requerirá los dos tercios de votos de los concejales en ejercicio si las personas viven o el acontecimiento es actual; y simple mayoría si hubiese transcurrido cinco años de su fallecimiento o del acontecimiento que la determina. Texto según Ley Nro. 11656/99'.

Que entendemos que homenajear a Daniel Brito es una forma de reconocer a quienes, tras casi cuatro décadas de haber participado del conflicto bélico del Atlántico Sur defendiendo nuestra soberanía, continúan prestando un servicio a la comunidad, y hoy -en el marco de una pandemia- arriesgan su vida asistiendo a quienes más lo necesitan".

Por lo expuesto, la Comisión ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1°.- Modifícase el nombre de la Calle "Hutchinson" en un tramo que se designa como "pasaje VGM Daniel Brito", de orientación norte-sur, ubicado entre las calles N. Ferrazza y Lacar, paralelo a las calles Crespo y Vera Mujica entre las cuales se encuentra. El desarrollo corresponde con las alturas 45041-4599. El nombre de la calle Hutchinson permanece desde calle Florentino Ameghino hacia el norte.

(Modificado por Decreto N° 10248/2021).

Art. 2°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, por intermedio de la repartición correspondiente, proceda a la adecuada señalización del pasaje.

Art. 3°.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M .

Sala de Sesiones, 26 de Agosto de 2021.

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