Decreto 38255/1969
DECRETO Nº 38.255
ROSARIO,18 de julio de 1969.
VISTO que se impone actualizar las reglamentaciones vinculadas con la instalación, transferencia, traslado, etc., de negocios o establecimientos de cualquier naturaleza cuya actividad deban ser supervisadas por la Comuna en consonancia con las nuevas disposiciones y de acuerdo con la realidad de las necesidades, ajustándolo en cuanto al trámite a la estructura funcional administrativa vigente en esta Municipalidad.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA CON FUERZA DE ORDENANZA
ART. 4°.-Cuando se constatare el incumplimiento de lo establecido en los artículos 1°, 2° Y 3° del presente, la Dirección General de Inspección y Abastecimiento labrará el acta de comprobación reglamentaria e intimara de modo directo al o los responsables a regularizar su situación, dentro de un plazo no mayor de DIEZ (10) DIAS. Si fenecido éste, la situación fuera la misma, la Dirección General de Inspección y Abastecimiento, elevara inmediatamente las actuaciones al Departamento Ejecutivo a fin de que disponga la clausura del local, medida que no será revocada hasta tanto se subsane la irregularidad.(Derogado por el Art. 46º de la Decreto Nº 2348/97)
ART. 10º.-
ART.16°.- Derogase el Decreto Nº 26.668/61 y toda otra disposición que se oponga al presente acto administrativo.
ART. 17.-COMUNIQUESE, publíquese y dése al D.M. .-
Fdo: Dr. LUIS M. BELTRAMO Intendente Municipal - Dr. ANDRES M. VIETTI Secretario de Gobierno y Cultura.