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Decreto 38255/1969

 
DECRETO Nº 38.255
 
ROSARIO,18 de julio de 1969.
 
      VISTO que se impone actualizar las reglamentaciones vinculadas con la instalación, transferencia, traslado, etc., de negocios o establecimientos de cualquier naturaleza cuya actividad deban ser supervisadas por la Comuna en consonancia con las nuevas disposiciones y de acuerdo con la realidad de las necesidades, ajustándolo en cuanto al trámite  a la estructura funcional administrativa vigente en esta Municipalidad.
      POR ELLO y en uso de sus atribuciones, ­
 
EL INTENDENTE MUNICIPAL
 
DECRETA CON FUERZA DE ORDENANZA
 
 
ART. 4°.-Cuando se constatare el incumplimiento de lo establecido en los artículos 1°, 2° Y 3° del presente, la Dirección General de Inspección y Abastecimiento labrará el acta de comprobación reglamentaria e intimara de modo directo al o los responsables a regularizar su situación, dentro de un plazo no mayor de DIEZ (10) DIAS. Si fenecido éste, la situación fuera la misma, la Dirección General de Inspección y Abastecimiento, elevara inmediatamente las actuaciones al Departamento Ejecutivo a fin de que disponga la clausura del local, medida que no será revocada hasta tanto se subsane la irregularidad.(Derogado por el Art. 46º de la Decreto Nº 2348/97)
 
 
ART. 10º.-
 
ART.16°.- Derogase el Decreto Nº 26.668/61 y toda otra disposición que se oponga al presente acto administrativo.
 
ART. 17.-COMUNIQUESE, publíquese y dése al D.M. .-
 
Fdo: Dr. LUIS M. BELTRAMO Intendente Municipal - Dr. ANDRES M. VIETTI Secretario de Gobierno y Cultura.
     
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