Decreto - Ordenanza 38590/1969
DECRETO Nº 38.590
Rosario, 2 de Septiembre de 1969.-
Vistas las actuaciones Nº 22.005-T-68, mediante las cuales la Dirección de Planeamiento Urbano, eleva un exhaustivo estudio que ha realizado de la denominada urbanización del barrio Larrea y áreas colindantes; teniendo en cuenta que del mismo se desprende que se imponía efectuar una planificación de la referida zona, a fin de proyectar orgánicamente el trazado vial oficial de la misma, posibilitando de esta forma una evidente racionalización del futuro loteo, como también la conexión funcional de la precitada área con el resto del municipio, ya que el mismo no debe estar supeditado al mero interés de ]os propietarios de cada una de las fracciones, dado que la solución aislada e inconexa de sus propuestas, si bien resolverían situaciones individuales, confirmarían con el devenir de los años un trazado vial anacrónico, absurdo y desordenado; y considerando conveniente este Departamento Ejecutivo proveer sobre el particular,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°.- Apruébase el trazado vial de la denominada urbanización del barrio Larrea y áreas colindantes, conforme a la planificación graficada en los planos obrantes de fojas 18 a 21 del expediente Nº 22.005-T-68.-
Suprímese parcialmente el Pje. Toba de 16 mts. de ancho oficial de orientación Oeste- Este que afecta la Manzana 117 de la Sección Catastral 14º graficado en el plano referido (Ordenanzas Nº 6976/00)
Suprímanse los dos pasajes de 16 mts. de ancho oficial de orientación Norte-Sur que afecta la Manzana 117 de la Sección Catastral 14º graficado en el plano referido (Ordenanzas Nº 6976/00)
Suprímese el Pasaje Urdinarraín de 12 mts. de ancho oficial de orientación Oeste- Este que afecta la Manzana 55 de la Sección Catastral 14º graficado en el plano referido (Ordenanzas Nº 6954/00)
Art. 2°.- Créase una calle de 20 mts. de ancho, emplazada a partir de los 25 mts. en dirección hacia el norte de la lonja Lavallol, que tiene en consecuencia una definida orientación este-oeste que se extiende a lo largo de todo el sector urbano comprendido entre las vías del F.C.G.M. Belgrano y el límite oeste del Municipio; fijándose asimismo para la avda. Génova, en el tramo precedentemente mencionado, un ancho oficial de 20 mts., estableciéndose un retiro de la ed1ficación de 2 mts. a cada uno de sus costados.-
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese y dése al A.M.-
Fdo.: Dr. LUIS BELTRAMO, Intendente Municipal - Ing. LORENZO LOUGHLIN, Secretario de Obras Públicas.