Decreto Nº 37971/2012
DECRETO
Nº 37.971
Artículo 1º.- Establécese el esquema tarifario de aplicación al Servicio Público de Remises, que quedará conformado de la siguiente manera y comenzará a regir a partir de su promulgación:
| BAJADA DE BANDERA | FICHA | MINUTO DE ESPERA |
TARIFA UNICA | $11,45 | $0,45 | 0,68 |
TARIFA MÍNIMA (Bajada de Bandera + 20 Fichas en 2 Kmts Recorridos) | $20,45 |
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(Modificado por el Art. 1º del Decreto Nº 38090/12)
Artículo 2º.- Establécese el esquema tarifario de aplicación al Servicio Público de Remises, que quedará conformado de la siguiente manera y comenzará a regir a partir de 1º de Noviembre del corriente año:
| BAJADA DE BANDERA | FICHA | MINUTO DE ESPERA |
TARIFA UNICA | $12,94 | $0,51 | 0,76 |
TARIFA MÍNIMA (Bajada de Bandera + 20 Fichas en 2 kmts. Recorridos) | $23,14 |
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(Modificado por el Art. 2º del Decreto Nº 38090/12)
Artículo 3.- Habiendo transcurrido un período mínimo de 6 meses a partir de la última actualización tarifaria y cuando el estudio de costos del Sistema de Remises revele una diferencia mayor del 15% en relación a la tarifa vigente, la Comisión de Servicios Públicos Concedidos deberá evaluar y expedirse sobre la necesidad de modificación de la tarifa en curso. Dicho plazo empezará a considerarse desde el aumento de tarifa que comenzará a regir a partir del 1º de noviembre de 2012.
Artículo 4.- Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al D.M.
Sala de Sesiones, 30 de agosto de 2012.
Firman:
Cjal. Miguel Zamarini
Presidente del Concejo Municipal
Dr. Marcelo Marchionatti
Secretario General Parlamentario