Herramientas Personales

V-c.2.1. Escaleras

V-c.2.1.1. Indicaciones generales

 

V-c. 2.1.1.1. Tramos

Los tramos de escalera tendrán un máximo de 21 contrahuellas corridas, entre descansos.
En edificios públicos o con acceso no restringido de público, de propiedad estatal o privada los tramos de escalera tendrán un máximo de 16 contrahuellas corridas, entre descansos.

Las escaleras caracol no se admiten como medio de escape.

 V-c. 2.1.1.2 Escalones

Los escalones con o sin interposición de descansos, serán iguales entre sí, se medirán en el eje de la unidad de ancho de salida y entre el borde de la nariz y la proyección de la del escalón inmediato superior ; siendo las medidas las que resulten de aplicar :
            
  2a + p = 0,60 a 0,63 m
 
a (contrahuella): Mínimo 0,15 m - Máximo 0,185 m,
p (huella): Mínimo 0,25 m - Máximo= 0,32 m.
 
Para edificios públicos o con acceso no restringido de público, de propiedad estatal o privada es:
a (contrahuella): Mínimo 0,14 m - Máximo 0,16 m,
p (huella):  Mínimo 0,25 m - Máximo= 0,32 m.

 La nariz de los escalones no podrá sobresalir más de 0,035 m sobre el ancho de la huella.

 V-c. 2.1.1.3. Ancho libre

El ancho libre de una escalera debe medirse entre muros y se calcula según se indica en V-d.2. de este fascículo. La proyección de cada pasamano sobre la escalera que no exceda de 0,08 m, quedará incorporada al ancho libre.

 

V-c. 2.1.1.4 Descansos

En escaleras de tramos rectos, la profundidad mínima de los descansos será 1,25 m. (Figura V-c.2.1.1.4)
 
fig v.c.2.1.1.4 descansos para paso de camillas
 
 
 
 
 
 

V-c.2.1.2. Exigencias mínimas según altura de trayectoria vertical

 c.v.c.2.1.2.

 

Escalera abierta: palier y escalera forman parte de un mismo espacio.

Caja de escalera: Recinto cerrado por muros de resistencia al fuego de acuerdo al mayor riesgo existente, que contiene a la escalera y sus descansos. Permite el albergue o el libre desplazamiento de la población en situación de emergencia hacia un lugar seguro. Las características materiales se establecen en V-e.1.

Las puertas abrirán hacia el sentido de la evacuación sin interrumpir la línea de libre trayectoria.

En edificios de vivienda colectiva las puertas de salida de cada planta deberán permitir el reingreso desde la caja a cada piso.
Deberá estar libre de obstáculos no permitiéndose a través de ellas, el acceso a ningún tipo de servicios, tales como: armarios para útiles de limpieza, puertas de ascensor, hidrantes y otros.
Caja de escalera presurizada: es la que cuenta con un sistema de inyección mecánica de aire limpio exterior para mantener el espacio libre de humo. Las condiciones se establecen en V-e.5.

 

V-c.2.1.3.Escalera auxiliar exterior

Cuando corresponda más de una escalera de escape, a partir de la segunda podrán ser auxiliares exteriores.
Se desarrollarán en la parte exterior de los edificios y deberán dar directamente a espacios públicos abiertos o espacios seguros y con las indicaciones constructivas que se establecen en V-d.2.1.

  

V-c. 2.1.4. Escalera marinera o de gato

Se establecen las indicaciones constructivas en V-e.3.( Ver Decreto Nº 1.166/09)

 

V- c. 2.1.5. Escaleras de circulación interna en unidades funcionales

Se establece para éstas escaleras de circulación interna de unidades funcionales y/o de uso privado, un ancho mínimo de 0,80m cuando comuniquen con un local de primera categoría y un ancho mínimo de 0,70 m cuando comuniquen locales de segunda y tercera categoría.(Ver Decreto Nº 1.166/09)

 

Acciones de Documento