GLOSARIO
Antecámara:
Espacio previo al acceso a una caja de escalera que favorece las condiciones de seguridad en el interior de la misma. Es un recinto cerrado por muros de resistencia al fuego de acuerdo al mayor riesgo existente. No debe ser obstruida o reducida en sus medidas por obstáculos móviles o fijos. (No se permite desde ahí el acceso a gabinetes, medidores de gas, hidrantes, puertas a ascensores, etc.)
Área de riesgo:
Zona o espacio físico delimitado con superficies vidriadas y que a consecuencia de la fractura o rotura del vidrio puede acarrear situaciones de riesgo a las personas que se encuentren en el lugar. Son las áreas de permanencia o de circulación de público.
(Incorporado por Decreto Nº 1.166/09)
Caja de escalera:
Recinto cerrado, por muros de resistencia al fuego de acuerdo al mayor riesgo existente que contiene a la escalera y sus descansos. Permita el albergue o el libre desplazamiento de la población en condiciones de emergencias hacia un lugar seguro.
Cierre antipánico:
Dispositivo que libera el pestillo de una puerta mediante la aplicación de una fuerza sobre él en la dirección y sentido de la evacuación.
Circulaciones:
Áreas y espacios comunes, pasos, pasillos, escaleras, rampas, corredores u otros medios que permiten el ingreso y egreso de personas al edificio desde la vía pública y el movimiento interno a través de los mismos.
Coeficiente de salida:
Número de personas que pueden pasar por una salida o bajar por una escalera, por cada unidad de ancho de salida y por minuto.
Claro libre entre filas de asientos:
Distancia horizontal comprendida entre las partes más salientes del asiento de una fila y el saliente del respaldo situado adelante.
Escalera abierta:
Palier y escalera forman parte de un mismo espacio.
Escalera auxiliar exterior:
Recinto abierto. Contiene sólo a la escalera y sus descansos. Permite el libre desplazamiento de la población en condiciones de emergencias hacia un lugar seguro. Los cerramientos perimetrales deberán ofrecer el máximo de seguridad al público a fin de evitar caídas. Serán construidas con material incombustible.
Factor de ocupación:
Número de ocupantes por superficie de piso neta, que es el número teórico de personas que pueden ser alojadas en dicha superficie. El valor de (x) se establece en el “Cuadro de superficie por ocupante para cada prototipo de uso” . En caso de viviendas es la cantidad de personas por dormitorio.
Incombustible:
Material que en la forma en que se emplea y bajo condiciones anticipadas, no se inflamará, quemará, no contribuirá a la combustión ni liberará vapores tóxicos o inflamables al ser sometidos al fuego o al calor.
Línea natural de tránsito o línea de libre trayectoria :
Recorrido a través de los medios de salida hasta un lugar seguro. Debe realizarse a través de pasos comunes y no estará entorpecida por locales de uso o destino diferenciado. En una unidad de vivienda, los locales que la componen, no se consideran de uso o destino diferenciado.
Lugar seguro:
Espacio con conexión a la vía publica, o aquel que permite alojar a personas evacuadas hasta el momento de su rescate, sin poner en riesgo su integridad psicofísica.
De ser necesario un lugar seguro y no contarse con el dentro del propio predio, puede considerarse lugar seguro cualquier nivel de un inmueble lindero En este caso deberá contar con la autorización escrita, bajo firma certificada de su/s ocupantes y propietario/s.
Medio de escape:
Se considera medio de escape a las circulaciones de los edificios que constituyen rutas de salida exigida, a través de la línea natural de tránsito, que garantiza una evacuación rápida y sin riesgo hacia la vía pública o lugar seguro. Existen dos rutas de escape:
Ruta vertical de escape: es la que permite evacuar a la población desde un plano elevado o desde un subsuelo hasta la planta de salida del edificio, vía pública o lugar seguro.
Muro cortafuego:
Muro construido con materiales de resistencia al fuego similares a los exigidos para el sector de incendio que divide.
Nivel principal de salida:
Nivel desde el cual se accede a lugar seguro o al exterior.
Pascal (unidad de presión):
El pascal (símbolo Pa) es la unidad de presión del Sistema Internacional de Unidades. Se define como la presión que ejerce una fuerza de 1 newton sobre una superficie de 1 metro cuadrado normal a la misma. 1 pascal (Pa) = 1 N/m2 = 1 J/m3 = 0,102 mmH2O.
Palier de piso:
Lugar común de paso que comunica la escalera y el ascensor entre sí y con las unidades de uso en cada piso.
Presurización:
Forma de mantener un medio de escape libre de humo mediante la inyección mecánica de aire limpio exterior.
Puertas cortafuego:
Puertas que debido a su construcción y materialización evitan la propagación del incendio (compartimentación) y permiten el escape de los ocupantes (evacuación). También se las conoce como puertas "RF" (resistentes al fuego). Deberán ser fabricadas según las exigencias de las normas IRAM 11950 (Resistencia al fuego de los elementos de la construcción - Método de ensayo), e IRAM 11951 (Método de ensayo de puertas y dispositivos de cerramiento).
Resistencia al fuego (RF):
Tiempo en minutos en que los materiales y/o elementos constructivos mantienen las funciones portantes o separadoras para las cuales han sido proyectadas o construidas y su resistencia a la exposición al fuego. La Tabla V-e.1. contiene información sobre el tema.
Sector de Incendio:
Local o conjunto de locales, delimitados por muros y entrepisos de resistencia al fuego acorde con el riesgo y la carga de fuego que contiene, en el interior del cual se puede confinar (o excluir) el incendio para que no se pueda propagar a/o desde otra parte del edificio. Deberá estar comunicado con un medio de escape.
Superficie de piso neta:
Área total de un piso sin considerar los muros exteriores, muros interiores, superficies ocupadas por los medios de escape, columnas y todos aquellos locales no habitables (sanitarios, salas de máquinas y otros).
Unidad de ancho de salida (uas):
Ancho requerido para que las personas puedan pasar en una sola fila.
Usos mixtos:
Dos o más actividades que se desarrollan en un mismo edificio.
Vía Pública:
Espacio abierto exterior de uso público.
Vidrio plano:
Producto en forma de lámina o placa transparente, traslúcida u opaca, incolora o de color, que se obtiene por los procesos de soplado, estirado, colado, laminado o flotado. (Norma IRAM 12556)
(Incorporado por Decreto Nº 1.166/09)
Vidrio básico o recocido:
- I- Vidrio flotado (de caras planas, paralelas y sin distorsión óptica)
- II- Vidrio estirado
- III- Vidrio impreso
- IV- Vidrio armado con alambre
(Incorporado por Decreto Nº 1.166/09)
Vidrio procesado:
- I- Vidrios de seguridad: templado, laminado, templado laminado.
- II-Vidrios decorativos: espejo, vidrio pintado, esmerilado, vidrio grabado
- III-Componentes prefabricados: doble vidriado hermético, “vitreaux”
(Incorporado por Decreto Nº 1.166/09)
Vidrio de seguridad:
Un vidrio se considera de seguridad cuando, en caso de rotura, lo hace sin ocasionar daños a las personas. De acuerdo con la norma IRAM 12.556 “Vidrios planos de seguridad para la construcción” (30/6/00) se clasifican en tres clases A, B o C. Los “vidrios procesados de seguridad” tienen como condición que los caracteriza el Rompimiento en forma segura: fractura del vidrio de seguridad que produce fragmentos que no resultan peligrosos en el momento del impacto o quedan adheridos al vano vidriado sin salirse de él.
Vidrio de seguridad templado:
Es el vidrio enfriado y calentado bruscamente, con lo cual aumenta cuatro veces su resistencia al impacto y a los cambios térmicos. Se rompe en pequeños gránulos no cortantes. Deben ser ensayados según norma IRAM 12572 “Vidrios de seguridad planos, templados para ala construcción” (7/7/89) y cumplir con lo establecido en la misma en lo referente al patrón de rotura.
Vidrio de seguridad laminado:
Está compuesto por dos o más hojas de vidrio básico o del templado, con interposiciones de láminas de polivinil-butiral, o de resinas plásticas. En caso de roturas los trozos de vidrio quedan adheridos a las láminas intermedias plásticas de unión. Debe ser ensayado según Norma IRAM 12559 “Vidrios planos de seguridad para la construcción. Método de determinación de la resistencia al impacto” (5/5/89)
(Incorporado por Decreto Nº 1.166/09)
Vidrios definidos por la posición:
- I- Vidrio vertical: es aquel que se instala con una inclinación máxima de hasta 15º respecto al plano vertical.
- II- Vidrio inclinado: es aquel que se instala con un ángulo mayor a 15º respecto del plano vertical.
- III- Vidrio horizontal: es aquel que se instala sin inclinación o, eventualmente, con una pendiente mínima para el escurrimiento del agua (lluvia, condensación, etc.)
(Incorporado por Decreto Nº 1166/09)